
La Junta Electoral Provincial de Madrid ha desestimado una vez más las pretensiones del Partido Popular para impedir a la asociación HazteOir.org realizar iniciativas de informativas y de orientación del voto durante la campaña electoral. En esta ocasión, la Junta Electoral ha validado, siguiendo la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en 2016, tras otro conflicto similar provocado por la excandidata y expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes. El acuerdo 120 de la Junta Electoral Provincial de Madrid "haciendo estricta aplicación de la doctrina sentada por la
Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, 1655/2016, de 6 de julio". Este organismo
reprocha en su escrito que el Partido Popular no hicier siquiera mención a esta sentencia "a pesar de resolver un supuesto sustancialmente idéntico al presente" y considera que la iniciativa #YoRompoConAyuso de HazteOir.org "no es contraria a la normativa electoral". Se da la circunstancia de que en las pasadas elecciones generales,
el Partido Popular intentó la misma maniobra, con igual resultado, respecto de unas vayas en las que se reproducía una frase del dirigente del PP Javier Maroto defendiendo las leyes LGTBI.
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