“El proyecto limita muy fuerte la objeción de conciencia de los profesionales, se desnaturaliza esta garantía constitucional que tiene cualquier persona y no solo su objeción de conciencia, sino su objeción de ciencia. El médico pasa a ser proveedor de aborto y prácticamente está obligado a informarle y a promover el aborto en una paciente que generalmente puede venir no requiriendo esta práctica, que no tiene nada de médica”, aseguró Mancino en una entrevista concedida a ACI Prensa.
“Quiero dejar en claro que este proyecto de ley es una ley de fomento de aborto que considera un supraderecho, inclusive con penas para lograrlo. En este caso directamente para el personal de salud, para los profesionales de la salud, que si no realizan el aborto con rapidez, incurren en un delito que los llevaría a prisión”, añadió la especialista.
Por tanto, agregó, “se estaría obligando a los médicos a garantizar, proveer y promover el aborto con una rapidez inusitada que no lo vemos en otras prácticas médicas”.
Según el artículo 15 del proyecto de legalización del aborto, “será reprimido o reprimida con prisión de TRES meses a UN año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”.
El artículo 10 del mismo proyecto, precisa que “el profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia”, pero deberá “derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones”, y “adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica”.
Agrega que “el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda”.
Para Mancino, le resulta “inconcebible que el estado le imponga a un médico una práctica determinada, obligatoria, en contra del saber y proceder médico”.
“¿Estarían los médicos y profesionales de la salud obligados a ser sicarios? Y si así fuese, que es lo que hemos analizado de este proyecto de ley, ¿los médicos van a prestarse a realizar estas prácticas en forma obligatoria, de esta manera? ¿El personal de la salud va a presentar su objeción de conciencia? ¿Cómo van a quedar los derechos de los trabajadores de la salud vulnerados ante esta imposición del estado?”, preguntó Mancino.
La presidenta de Médicos por la Vida también criticó el artículo 5 del proyecto que establece que “toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento”.
“Según los abogados que han expuesto y que nos han asesorado en todo este tiempo, no existe una norma jurídica en la cual esta práctica deba ser obligatoria en un sistema sanitario”, aseguró Mancino.
Indicó que “no se ha garantizado con una ley, para las enfermedades más importantes que cursan las mujeres en Argentina y que son causa de muerte, que se les otorgue a las mujeres un turno en menos de 10 días para se puedan realizar una mamografía, una cirugía o una ecografía Doppler cardiaca. No existe en esas situaciones el plazo de los 10 días”.
La doctora recordó que según la cifras del Ministerio de Salud, en Argentina “mueren 47.680 mujeres por causas de enfermedades del sistema circulatorio, cerca de 31 mil por problemas respiratorios y 422 personas del sexo femenino por déficit nutricional”.
“En el Congreso estamos tratando una ley de aborto express totalmente incomprensible para las necesidades del país y de la salud pública”, resaltó.
Respecto al inciso “e” del artículo 5 del proyecto de aborto que señala que la “paciente tiene derecho a recibir la información sobre su salud; el derecho a la información incluye el de no recibir información inadecuada en relación con la solicitada”, Mancino comentó que “no se entiende a qué se refieren con ‘información inadecuada’”.
“Esto también es muy difícil y complicado para el personal de la salud y las autoridades públicas, porque tenemos como la obligación de tener que suministrar sí o sí la información sobre el acceso al aborto si hay o no una solicitud explícita”, dijo.
“Si esto no es promover y fomentar directamente el aborto a demanda no sé de qué estamos hablando”, expresó.
Por su parte, el médico especialista en ginecología y obstetricia, y vicepresidente de Médicos por la Vida, Guillermo Kerz, comentó a ACI Prensa que “de aprobarse un artículo que vaya contra la objeción de conciencia sería gravísimo, ya que ésta está tomada como un derecho humano y ningún gobierno puede ir en su contra”.
“Menos un gobierno democrático, sino estaríamos hablando de un totalitarismo de Estado. En las democracias la libertad de conciencia se protege y está dentro de las libertades más importantes de los derechos humanos”, agregó el médico, que también es vicerrector académico en la Universidad Católica de Santa Fe (Argentina).
Según Kerz “esta ley producirá violencia moral muy grande a nivel de los médicos”. “Este tipo de violencia es inadmisible en un estado democrático”, denunció.
Sin embargo, aseguró que “los médicos no tienen ningún temor”, ya que “una ley no cambia las convicciones de defender la vida humana así sea que la ley esté totalmente en contra”.
“Hubo en la historia de la humanidad leyes que fueron en contra del ser humano. Recuerdo que en la Alemania nazi se sacó la ley de declarar a los judíos y otros no arios como infrahumanos; pero por más que haya existido una ley que decía que eran infrahumanos, nunca se va poder justificar a aquellos que asesinaron y aniquilaron avalados por la ley”, explicó.
También aseveró que aunque “una ley, por más que diga que la eliminación de una vida es factible y se puede dar sin ninguna contravención, naturalmente el médico está obligado a cumplir con su juramento hipocrático y defender toda vida humana sin distinción de algún tipo”.
“El médico no puede producir daño y eliminar una vida humana”, subrayó.
Finalmente, dijo que los Médicos por la Vida seguirán “luchando y proclamando la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, ya que no es un tema religioso, sino profundamente ético de salvar toda vida humana”.
“Cuando hicimos el juramento hipocrático, juramos proteger la vida humana desde el momento de la concepción. Esa palabra dada es la que el colectivo de Médicos por la Vida mantiene y es muy importante que nuestras leyes protejan la vida humana y no la descarten como pretende la ley del aborto”, concluyó.
Publicar un comentario