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Libros sobre el tema del castigo divino


El pasado mes de enero salieron a la venta en Amazon nuevas ediciones sobre el tema del castigo divino de los libros de Alejandro Bermúdez y quienes apoyan su punto de vista. Uno de ellos se titula Dios No Castiga: Edición revisada, que está escrito por el propio Alejandro, y un segundo se titula ¿Es Dios el autor del castigo?: ¿El nos causa los sufrimientos?, de Jaime GomezCasseres, que incluye un prefacio también de Alejandro donde lo recomienda. Curiosamente salen publicados luego de que comentara aquí en el blog, la buena recepción que tuvo mi libro sobre el tema, ubicándose en el puesto 6 del Top 100 de Best Sellers de Amazon en la categoría Apologética. Cabe destacar que aunque ese ranking cambia cada hora, mi libro se ha mantenido en el Top 100 y al momento de escribir este artículo conservaba ese lugar en Amazon.com (USA), y tenía el puesto número 2 en Amazon.com.mx (México) y otra vez el número 2 en Amazon.es (España).


Volviendo al tema de la nueva edición del libro de Alejandro Bermúdez, este incluye una introducción a la segunda edición donde hace varias afirmaciones en las que falta gravemente a la verdad. En ella también agrega que los argumentos han sido mejorados, y por eso creo que es conveniente que dedique una nueva serie de artículos a analizarlos en detalle. El segundo libro de Jaime GomezCasseres si no lo analizaré porque tiene el mismo contenido, y sostiene tal cúmulo de barbaridades que lo más lamentable es que Alejandro Bermúdez haya puesto allí su nombre, aunque sea en el prefacio. No se si él realmente lo leyó y si está de acuerdo con lo que el autor allí sostiene, pero si es así es verdaderamente vergonzoso.


Los que ya hayan tenido suficiente de este debate, simplemente ignórenlo, y aquellos que tienen interés en el tema, les invito a estar atentos al resto de artículos que seguirán. Estoy seguro que serán de utilidad para seguir profundizando en este tema.




El Papa diciendo "te amo"


He visto que comienzan a aparecer en páginas de apologética protestante, y también en las redes sociales como Youtube, Facebook, etc. acusaciones al Papa Francisco por haber usado un gesto satánico en su viaje a las Filipinas, tal como se muestra en las fotografías.


Quienes sostienen esta acusación afirman que el Papa hace allí el gesto de la mano cornuta, que suelen ser común en ambientes de rock tipo heavy metal.


Gesto de la mano cornuta


Pero lo cierto es que no es el mismo gesto. Para quienes no lo saben, el gesto de la mano cornuta (o cornuda, como se le suele llamar) no se extiende el pulgar, como si se hace con el gesto “te amo” en el lenguaje de señas estadounidense. Demás está decir que aquellos que lanzaron esta acusación ligeramente hubieran podido averiguarlo con una rápida búsqueda en la Wikipedia, que es una enciclopedia gratuita:


La mano cornuta no debe ser confundida con el símbolo “te amo” utilizado en el lenguaje de señas estadounidense, que se lleva a cabo extendiendo el dedo pulgar, o con la señal de shaka utilizado en Hawái, que se hace extendiendo solamente el pulgar y el meñique. El gesto con el índice estirado (señas para “amor” o “te amo") ha sido usado por, entre otros, el artista de funk George Clinton en su época con Parliament-Funkadelic y se puede ver en los dibujos en la portada de los discos “Uncle Jam Wants You” de Funkadelic y “Gloryhallastoopid” de Parliament.


Fuente: Artículo “Mano cornuta” - Wikipedia


Aprovecho de recordarle a los amigos protestantes que han echado mano de esta acusación o han contribuido a difundirla, que la calumnia es pecado, y el fin no justifica los medios, y eso incluye servirse de la mentira para llevar agua a su propio molino. Además, ese tipo de apologética mediocre sólo consigue dejarles mál parados.




Tapa blanda y tapa dura del Compendio de Apologética Católica

He venido recibiendo de lectores algunas consultas, observaciones vía correo, redes sociales, Facebook, etc. respecto a cuestiones relacionadas con la venta de mi libro “Compendio de Apologética Católica” y he creído oportuno hacer un post para aclararlas todas en un solo lugar.



¿Se consigue en librerías físicas?


Depende de cada librería de manera individual elegir qué libros desea adquirir por medio de los catálogos de distribución estándares. Debido a que no recibo reportes detallados de ventas en este sentido me es imposible conocer si ha llegado a alguna librería en particular.


¿Se puede adquirir por Internet?


Sí, la distribución del libro se hace principalmente vía Internet a través de Amazon.com y Lulu.com. Esto quiere decir que la orden y el pago se realizan a ellos directamente por medio de tarjeta de crédito o algún otro método de pago (como PayPal) y esos proveedores lo despachan al país que se le indique por el método de envío seleccionado (correo convencional, expreso, etc.). La ruta de nuestra Web donde se redirige a esos sitios es la siguiente:


http://bit.ly/UCPWP1


Puede también ir a nuestra web ApologeticaCatolica.org y allí encontrará una opción “Tienda” que le redirigirá a ese enlace.


¿En que formatos se consigue el libro?


El libro viene en diversos formatos: en su versión de libro físico está la edición tapa dura (cuya portada es gruesa y más resistente), y la edición tapa blanda (en la foto inicial se puede observar ambas ediciones). La versión digital viene en formato PDF y digital para Kindle y otros dispositivos digitales, como Android o iPad.


¿Son rápidos y confiables esos proveedores?


Hasta el momento no me han fallado, ni tampoco he recibido quejas de ningún lector (sólo he recibido reportes de retardos en la entrega cuando se solicita vía correo convencional a países de Latinoamérica, que varían 15 días a poco más de un mes, dependiendo de la eficiencia del correo local).


¿Por qué el libro no es gratuito, es tan costoso y el precio varía de una tienda online a otra?


He recibido comentarios de personas que me indican que el precio del libro es bastante alto, y otras que me indican que debería ser gratuito por aquello de “gratis lo recibiste, dadlo gratis” . Respecto a esto, aprovecho de aclarar lo siguiente:


Todo el contenido del libro sin excepción está disponible gratuitamente en Internet en forma de artículos individuales tanto en ApologeticaCatolica.org como en acá en mi blog Apologética para el mundo. Sin embargo, también es importante obtener financiación que nos permitirá crecer, conseguir más material y en un futuro, Dios mediante, tener personas con dedicación exclusiva a este apostolado, por lo que para aquellos que desean tenerlo todo recopilado en un libro digital ya sea PDF o Kindle, o en libro físico tapa dura o tapa blanda, se les da la opción de comprarlo. De esta manera se busca un equilibrio de manera que la información llegue a todos, incluso aquellos que no puedan pagar, y al mismo tiempo, aquellos que puedan, contribuyan con la financiación de la Web.


Para lograr distribuir el material como un libro físico he recurrido a empresas auto-editoriales, las cuales a diferencia de las editoriales convencionales, no imprimen grandes tiradas de una edición, sino que imprimen bajo demanda (no mantienen existencia sino que lo fabrican cuando alguien hace una compra). Los costos de fabricación y envío de estas empresas pueden resultar levemente más costosos ya que no fabrican por lotes, y además pueden varían entre sí, por eso es posible encontrar precios distintos de ejemplares provenientes de distintas editoriales.


De momento la opción más económica que he encontrado es a través de Amazon.com quien con su empresa editorial Creatspace ha superado por mucho a otros competidores como Lulu.com, Librosenred.com, etc. Gracias a esto, el libro que tiene 553 páginas en su edición tapa blanda, en Amazon se logra vender en un precio de 19.80 dólares (aproximadamente 14.5 euros), mucho más económico que su más cercano competidor Lulu que está a 28 dólares. Dada la calidad de impresión y fabricación el precio no lo considero alto y lo que genera para el autor (mi persona) es una ganancia que luego de impuestos es de poco más de tres dólares por libro vendido.


De más está decir que si inclusive yo mismo deseo una copia de mi propio libro también tengo que comprarlo por esos canales.


Compendio de Apologética Católica




¿Dios castiga?, por José Miguel Arráiz Dios no castiga, por Alejandro Bermúdez Dios perdona pero también castiga, por Adrián Ferreira


(Haga clic sobre cada una de las imágenes de los libros digitales para descargarlos)


Aunque más de una vez había dado por finalizado el tema, pues consideraba que todos los argumentos importantes habían sido analizados, he querido hacer un último post por varias razones.


En primer lugar, porque no puedo perder la ocasión de compartir otro libro digital del tema titulado “Dios perdona pero también castiga” , que ha escrito mi amigo y hermano en la fe Adrián “UnCatólico” Ferreira, quien dirige el sitio Web de apologética UnCatolico.com . Le ha quedado estupendo, y todo está magníficamente documentado. De corazón le felicito.


En segundo lugar, porque algunos lectores me han pedido que escriba una entrega más para analizar el nuevo libro de Alejandro Bermúdez. En un comienzo pensé que no iba a ser necesario, dado que si se iba a limitaba a recopilar lo que había venido exponiendo en sus programas en audio, no habría realmente nada que agregar, pero luego de examinarlo cuidadosamente me encuentro que no ha sido así, por lo que me da oportunidad de ahondar un poco más en el tema, y a la vez comentar mis impresiones finales, en un debate que estoy seguro de que aunque ha sido largo, será para bien de muchos católicos.



Impresiones iniciales


Un primer problema que encontré a lo largo de todo el libro de Alejandro es el recurso continuo a argumentos falaces. Por ejemplo, identifica a quienes defienden la posición contraria como cercanos al “tradicionalismo” (ad hominem), desfigura su posición como “defensores de la imagen de un Dios castigador” (muñeco de paja), y los acusa de haber señalado a quienes sostienen una posición contraria a la nuestra como “traidores” a la Iglesia (falsedad). A lo largo del resto del libro suma muchas otras falacias (falsa autoridad, dialéctica de los contrarios, etc.). El problema es que gran parte de su audiencia no podrá detectar el uso de estos recursos falaces, debido a que él no identifica quien sostiene los argumentos contrarios, ni donde puede leerlos de primera mano. No me menciona por ejemplo a mí ni a mi sitio Web, así como tampoco a Infocatólica. Si bien no falta aquel oyente o lector promedio con suficiente iniciativa para indagarlo por él mismo, la gran mayoría se queda simplemente con la versión que Alejandro les da, y no tendrían de entrada razones para dudar, porque ya sabemos que es él un periodista católico con mucho prestigio y con un gran poder de difusión dentro de la Iglesia Católica.


Aclaraciones


Es aquí que es importante aclarar en primer lugar que no somos tradicionalistas, o por lo menos no lo somos quienes hemos tenido mayor protagonismo en este debate. No lo soy yo (los tradicionalistas que me leen y conocen pueden dar testimonio de ello), como tampoco es tradicionalista nuestro director en Infocatólica Luis Fernando Pérez, ni nuestro editor el sacerdote y doctor en teología José María Iraburu. Mucho menos aquellos otros sacerdotes y teólogos que han participado puntualmente en el debate para expresar su acuerdo con nuestros argumentos, entre ellos Mons. Miguel Antonio Barriola, miembro por dos quinquenios de la Pontificia Comisión Bíblica y prelado de honor del Papa, o Fray Nelson Medina reconocido predicador internacional (No menciono aquí a todos los sacerdotes que por vía privada me han dicho que están de acuerdo con lo aquí expuesto, sino sólo a quienes lo han hecho públicamente).


Pero si realmente los que sostienen nuestra posición son “tradicionalistas” Alejandro debe explicar si considera también tradicionalista el Bendicional de la liturgia romana, producto de la reforma litúrgica que incluye entre sus oraciones:



“Oremos. Escucha, Señor, nuestras súplicas y, ya que somos castigados por nuestros pecados, y padecemos la desgracia de las calamidades naturales, líbranos de estos males, para gloria de tu Nombre, y preserva a nuestros términos de toda adversidad, para que lo que nazca en ellos sirva a tu majestad y remedie nuestras necesidades. Por Jesucristo, nuestro Señor. R/. Amén”



O si también pueden etiquetarse como “tradicionalistas” los Papas que han sostenido una y otra vez que Dios puede castigar y que de hecho lo hace, entre ellos Juan Pablo I, Juan Pablo II, Benedicto XVI, y antes de ser Papa, el Cardenal Jorge Bergoglio.


Tampoco hemos sostenido que los que defienden la posición contraria son “traidores a la Iglesia”. Citamos sí a Benedicto XVI quien dio un diagnóstico muy lúcido respecto a donde se ha originado este error que él califica como un “estrechamiento del concepto de amor”. Me permito citarlo nuevamente para subrayar en negrita algunos puntos importantes:



“Me comentó algo muy interesante el arzobispo de Dublín. Dijo que el derecho penal eclesial funcionó hasta los últimos años de la década de 1950, que si bien no había sido perfecto -mucho hay en ello para criticar-, se lo aplicaba. Pero desde mediados de la década de 1960 dejó simplemente de aplicarse. Imperaba la conciencia de que la Iglesia no debía ser más Iglesia del derecho, sino Iglesia del amor, que no debía castigar. Así, se perdió la conciencia de que el castigo puede ser un acto de amor.


En ese entonces se dio también entre gente muy buena una peculiar ofuscación del pensamiento . Hoy tenemos que aprender de nuevo que el amor al pecador y al damnificado está en su recto equilibrio mediante un castigo al pecador aplicado de forma posible y adecuada. En tal sentido ha habido en el pasado una transformación de la conciencia a través de la cual se ha producido un oscurecimiento del derecho y de la necesidad de castigo, en última instancia también un estrechamiento del concepto de amor, que no es, precisamente, sólo simpatía y amabilidad, sino que se encuentra en la verdad, y de la verdad forma parte también el tener que castigar a aquel que ha pecado contra el verdadero amor”

Benedicto XVI, Luz del mundo, Herder 2010, p. 16-17



Obsérvese que si hemos citado a Benedicto XVI es precisamente porque compartimos su opinión respecto a que este error se ha producido entre quienes él identifica como gente muy buena . No hace falta aclarar que no es lo mismo ser “gente muy buena” a ser gente “traidora” e “ignorante”. Desde el principio he venido diciendo que no considero a Alejandro ni a quienes sostienen su posición ni como “traidores”, ni como “herejes”, sino como personas que se han equivocado en un punto importante en la doctrina católica, y un punto que sí, llevado a sus últimas consecuencias, conduce a la herejía.


Dios “castigador” versus Dios “todo amor”


En su defensa de la imagen del Dios “todo amor” que no castiga, Alejandro nos endosa la defensa de un Dios “castigador”. Así, como él defiende que Dios no castiga “nunca”, nos pretende endosar que decimos que Dios castiga “siempre”. Pero eso no es lo que sostenemos. No decimos que Dios aplique una justicia meramente conmutativa (lo aclaramos en nuestra segunda entrega ) sino que su justicia es distributiva, por tanto renumerativa y vindicativa. Esto es simple y llanamente la doctrina católica que puede encontrar en cualquier tratado de teología que enseña “que Dios es un juez justo, que premia el bien y castiga el mal” (Juan Pablo II, Salvífici Doloris 10).


Leonidas de Esparta diciendo que Dios no castigaY he aquí que Alejandro cae siempre en lo que hemos identificado como la falacia de la dialéctica de los contrarios en la que presenta de manera excluyentes conceptos que son perfectamente complementarios. El mejor ejemplo lo dio él mismo cuando el día de ayer publicó a través de las redes sociales un “meme” bastante simpático en el cual se aprecia al Rey Leónidas de Esparta gritando furioso “¡Dios castiga!”, luego reflexiona en el hecho de que Dios es “todo amor”, para al final retractarse y decir que “Dios no castiga”. Más allá del toque humorístico que seguro se traducirá en muchos “me gusta” en su Facebook, resume muy bien el error de fondo en su “razonamiento teológico”, que ignora lo que ya había dicho el Papa Juan Pablo II respecto a que El amor paterno de Dios no excluye el castigo, aunque éste se ha de entender dentro de una justicia misericordiosa que restablece el orden violado en función del bien mismo del hombre (Juan Pablo II, Audiencia del Miércoles, 29 de Setiembre 1999 ). Tan seguro que la misericordia y la justicia divina no están reñidas, que el propio Juan Pablo II llegó a titular una de sus catequesis como “Dios castiga Y salva” . No es pues que Dios salve “O” castiga, sino que el mismo Dios que “salva” también “castiga”, tal como dice la Biblia Porque el Señor al que ama, le castiga; y a cualquiera que recibe por hijo suyo, le azota y le prueba con adversidades.” (Hebreos 12,5) (Y me disculpan que cite la palabra de Dios, ya que se ha visto que el hacerlo nos expone a que lo califiquen a uno de “protestante”, lo que faltaba)


También hay que decir que este error había aparecido en otros tiempos en la historia temprana de la Iglesia. Y es que ya en la Iglesia primitiva, San Ireneo, uno de los más grandes padres de la Iglesia de todos los tiempos, discípulo de San Policarpo quien a su vez fue discípulo directo del apóstol San Juan lo había denunciado en su célebre manual contra todas las herejías:



Otro error consistió en arrancar al Padre el juicio y el castigo, pensando que ese poder es impropio de Dios. Por eso imaginaron haber encontrado a un Dios “bueno y sin ira”, así como a otro Dios “cuyo oficio es juzgar” y “otro para salvar”. Esos pobres no se dieron cuenta de que a uno y a otro lo privan de la sabiduría y de la justicia. Pues, si el juez no fuera al mismo tiempo bueno, ¿cómo daría a premio a quienes lo merecen y reprenderá a quienes lo necesitan? Un juez de este tipo no sería ni sabio ni justo. Y si fuese un Dios bueno y únicamente bueno, pero sin juicio para juzgar quiénes merecen esa bondad, un tal Dios no sería ni justo ni bueno, pues su bondad sería impotente; ni podría ser salvador universal si carece de discernimiento.


Marción por su parte, al partir a Dios en dos, a los cuales llamó al primero “bueno” y al segundo “justo”, acabó matando a Dios desde las dos partes. Porque si el Dios “justo” no es a la vez “bueno”, tampoco puede ser Dios aquel a quien le falta la bondad; y por otra parte, si es “bueno” pero no “justo”, del mismo modo sufriría que le arrebataran el ser Dios.”

San Ireneo de Lyon, Contra todas las herejías, Libro III, 25, 2-3



Observen que no deja de ser impresionante la similitud entre el error de Alejandro Bermúdez y del que entonces condenaba San Ireneo, y no es casualidad que en sus programas en audio, él recurra al mismo razonamiento que en aquella época utilizaba Marción, al alegar que el Dios del Antiguo Testamento sí era un Dios “castigador”, mientras el del Nuevo un Dios “misericordioso” que no castiga nunca. San Ireneo y muchos otros padres combatieron este error enseñando que tanto en el Antiguo Testamento como en el Nuevo Dios es justo y también misericordioso.


Entienda pues Alejandro, que no es que defendemos la imagen de un Dios “castigador”, lo que rechazamos es la imagen que presenta de un Dios que no castiga “nunca”. El hecho de que usted defienda la imagen de un Dios “sólo amor” no quiere decir que nosotros defendamos la imagen de un Dios “sólo justicia”.


Reconocimientos importantes


Pero más allá de todo esto están algunos reconocimientos importantes que hace el propio Alejandro en su nuevo E-book que es oportuno comentar. Veamos todo lo que ahora reconoce, pero antes negaba. Escribe Alejandro Bermúdez:



La idea de que Dios “castiga” ¿Está presente en las Sagradas Escrituras, incluyendo en Nuevo Testamento? Sí, sin duda.


¿Pero resuelve esto el tema de la pregunta sobre si Dios verdaderamente castiga o no? La respuesta es NO. La respuesta afirmativa sólo podría provenir de una interpretación completamente protestante de las Escrituras, es decir prescindiendo de la alegoría, la metáfora y de las herramientas exegéticas fundamentales.”



Reconocimiento importante porque hemos de recordar que en sus primeros podcast había sostenido enfáticamente que la noción de que Dios pueda castigar se reducía sólo al Antiguo Testamento y afirmó que en todo el Nuevo Testamento no aparecía dicha noción en absolutamente ninguna parte[1]. Como vemos ahora no es así y ya admite que también en el Nuevo Testamento se afirma que Dios castiga ¿Qué es de manera puramente metafórica o alegórica? Que lo decida el lector, pero dudo que así lo haya entendido Zacarías cuando perdió la voz por haber dudado del mensajero divino (Lucas 1,19-20), o Herodes cuando enfermó por blasfemar (Hechos 12,21-23), tampoco Ananías y Safira (Hechos 5,1-10) cuando murieron por burlarse del Espíritu Santo, mucho menos los cristianos que enfermaban al profanar la Sagrada Eucaristía (1 Corintios 11,29-30). A este respecto sugiero humildemente a Alejandro estudiar que realmente puede considerarse alegórico o metafórico en la Sagrada Escritura, porque es evidente que el que no lo sabe es él.


Continúa Alejandro:



Que Dios castiga ¿Es algo afirmado por concilios, papas, santos y hasta la misma Virgen María en las apariciones “aprobadas” por la Iglesia? La respuesta es sí. Los partidarios de la visión de un Dios castigador han acumulado un largo elenco de citas, con la convicción –disparatada, por lo demás, desde el punto de vista apologético- de que a más citas acumuladas, más sólido es su argumento.”



Otro importante reconocimiento, ya que en su serie previa de programas, Alejandro se había limitado a reconocer que los Concilios, los Papas y santos, e incluso la propia virgen María y nuestro Señor en sus revelaciones privadas aprobadas por la Iglesia habían hablado de alguna “relación” entre Dios y el castigo. Ahora aunque no admite nuestro punto de vista, por lo menos reconoce lo que hemos venido diciendo, que no es un lejano vinculo que en el magisterio se establece entre Dios y el castigo, sino que explícitamente se afirma que DIOS SI CASTIGA, repito, afirmación que él mismo reconoce se encuentra en Concilios Ecuménicos, Magisterio de los Papas, Santos e inclusive revelaciones privadas.


Sin embargo en la siguiente admisiónsi se queda muy corto cuando reconoce:



“Es verdad que la afirmación contraria “Dios no castiga”, como cita textual, es escasa en el cuerpo doctrinal de la Iglesia. En una “guerra de citas”, la posición teológica correcta no va a ganar.”





Y digo que se queda corto, porque no es cierto que la afirmación contraria “Dios no castiga” es “escasa” en el cuerpo doctrinal de la Iglesia. No, no es que es escasa, sino que NO EXISTE incluido el Magisterio ordinario y extraordinario. Invito a que el lector revise todas y cada unas de las aportaciones de Alejandro, comenzando desde sus podcast en audio hasta su último E-book digital, para ver que no ha podido citar ninguna fuente magisterial, tratado de teología, etc. que afirme que Dios no castiga nunca. Y tan es así que si ese fuera el caso, no hubiese tenido que completar su libro digital con solamente:


1) Dos artículos que no son magisterio de dos teólogos en el cual ellos mismos reconocen que no discuten el hecho de que Dios castigue, sino si Dios pudo castigar con una catástrofe natural a inocentes junto con los culpables.


2) Una única cita del Cardenal Ratzinger antes de ser Papa en una entrevista a la prensa luego de los ataques terroristas del 11 de Septiembre, y en la que no niega que Dios castiga, sino que explica de manera muy general y no teológica que los pecados nos atraen penas ontológicas, esto es, consecuencias de nuestras propias acciones.


Teniendo todo esto en cuenta, no es sensato que Alejandro pretenda sostener que su posición es “teológicamente más segura y cierta que la contraria” , pretendiendo que creamos de buena fe algo que no sólo está ausente sino contradicho explícitamente por el Magisterio ordinario y extraordinario de la Iglesia. Intentar justificar esto en base a una supuesta “razón teológica” que se reduce a un razonamiento que puede ser resumido en un simple “meme” con Leonidas gritando que “Dios no castiga porque es todo amor” es mucho pedir. En pocas palabras, pide que creamos que aunque el Magisterio, los Papas, los Santos y hasta la Virgen y Jesús en sus revelaciones privadas enseñan una cosa, debemos entender exactamente lo contrario, esto es, que Dios no castiga nunca, y todo esto, sólo porque “Dios es todo amor”. ¿De verdad alguien cree que esto es un “razonamiento teológico” serio y coherente?


Conclusiones


Ya con esto considero que he analizado todas las objeciones importantes[2]. Ahora sí creo que doy por finalizado este debate (aunque no prometo nada). Los lectores tienen en sus manos suficientes herramientas para juzgar los argumentos a favor y en contra y sacar sus propias conclusiones. Les recuerdo que arriba he colocado los enlaces a los tres libros digitales, tanto de Alejandro Bermúdez, como mio como el de Adrián Ferreira, de manera que tengan acceso a toda la información. Sólo tiene que hacer clic sobre las imágenes.


Les recuerdo por último que como católicos debemos permanecer firmes a la enseñanza del Magisterio para que “no seamos ya niños, llevados a la deriva y zarandeados por cualquier viento de doctrina” (Efesios 4,14). De verdad espero que hayan aprendido mucho en este debate, yo estoy seguro de que por lo menos yo lo he hecho. Dios les bendiga.


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NOTAS


[1] Había dicho Alejandro Bermúdez textualmente: “En el Nuevo están los 27 libros que incluyen los cuatro evangelios, los hechos de los apóstoles, las cartas de San Pablo, la carta a los hebreos, la carta de Santiago, Primera de Juan, Segunda de Juan, la carta de Judas, el Apocalipsis. En ninguno de ellos se habla del castigo fuera de la pena final.”


[2] No volveré aquí sobre la afirmación de Alejandro Bermúdez respecto a que la Salvífici Dolores la hemos citado fuera de contexto, porque esto ya fue aclarado en la entrega anterior. En el texto se ve meridianamente claro que lo que sostiene el Papa es que no todo sufrimiento es castigo, pero que el sufrimiento cuando está unido a la culpa tiene carácter de castigo, y también explícitamente afirma que Dios es justo, premia el bien y castiga el mal.




Dios sí castiga La semana pasada publiqué un pequeño libro de unas 90 páginas titulado ¿Dios castiga? , donde recopilé la serie de artículos que he venido publicando sobre el debate con Alejandro Bermúdez en el tema del castigo divino. Alejandro ha compartido vía redes sociales un artículo cuya autoría pertenece a alguien de nombre Jaime Gómez Cásseres Ochoa, en donde comparte sus puntos de vista y presenta lo que el autor identifica como una refutación de los puntos de vista presentados en mi serie.


Y aunque muchos lectores me han pedido que escriba una refutación formal de dicho escrito, luego de leerlo creo realmente que no es necesario, pues considero que no hay allí ningún argumento nuevo que ya no haya analizado.


Sin embargo, para que mis lectores puedan tener acceso a esas objeciones y comparen libremente esos argumentos con los que yo he sostenido, les dejo aquí el enlace para que el que quiera lo revise, y saque sus propias conclusiones.


Dios no castiga a los hombres, por Jaime Gómez Cásseres Ochoa


Si de verdad alguien encuentra un argumento que no haya analizado o desea que lo analice, puede indicármelo en el área de comentarios.


Dios les bendiga




Dios sí castigaY llegamos ahora sí a las último artículo de esta serie dedicada al tema del castigo divino. Me imagino que los que han seguido cada una de las entregas han de estar agotados, pero seguro no más que yo. De verdad espero que haya servido para profundizar en este tema que no es poco importante, y en el que lamentablemente hay distorsiones que son difundidas en no pocas parroquias católicas inclusive por sacerdotes (Hay que decirlo, así está el patio). En esta ocasión analizaré los argumentos de los dos últimos programas de Alejandro Bermúdez que pueden ser escuchados de manera íntegra acá:


Alejandro Bermúdez – Por qué Dios no castiga II


Alejandro Bermúdez – Por qué Dios no castiga III


Pero antes de comenzar quiero pedirles dos favores:


1) Todo lo que he dicho en este debate, así como la evidencia documental que ha venido creciendo con el aporte de muchos de ustedes, lo he recopilado en un pequeño libro digital gratuito en formato PDF que pueden descargar y compartir en la siguiente dirección:


¿Dios castiga? - Un debate entre hermanos católicos para comprender mejor nuestra fe


2) Les agradeceré que además del libro compartan esta serie de artículos, ya sea a través de las redes sociales (Facebook y Twitter) como por cualquier otro medio. Tengan en cuenta la gran difusión que tienen los errores en sentido contrario en los medios de comunicación inclusive católicos.


Comencemos…



¿Sólo porque en ocasiones no podemos tener certeza de cuando Dios castiga, quiere decir que no lo hace?


Uno de los primeros argumentos de Alejandro consiste en alegar que como nadie puede tener certeza en que determinado mal es un castigo divino, eso implica que Dios nunca castiga.


Para intentar demostrar su tesis parte de la relación que hay entre un padre humano y su hijo y la traslada por analogía a la relación entre Dios y nosotros. Sabemos que cuando un padre castiga a su hijo, le explica de manera clara por qué hace, de manera que entienda cual es la conducta que tiene que corregir. Como a Dios no le vemos actuar de esa manera, eso le hace entender que Dios tampoco castiga, ya que para hacerlo tendría que explicarnos la razón como lo hace un padre con su hijo.


Problemas de este argumento


Hemos mencionado numerosos ejemplos del Nuevo Testamento en los que se puede apreciar que Dios puede castigar tanto revelando, como sin revelar las razones. Por ejemplo, cuando Dios castiga a Zacarías dejándole mudo hasta el nacimiento de Juan el Bautista, el ángel le indica que la razón es su incredulidad (Lucas 1,18-19), lo mismo en el caso de Ananías y Safira, San Pedro les revela que pecaron gravemente contra el Espíritu Santo (Hechos 5,1-10), pero hay otros casos donde no es así, como cuando Herodes blasfema y enferma hasta morir (Hechos 12,21-23). Sabemos que fue castigado porque lo dice el evangelio, pero no hay evidencia de que a él se le revelara. Igualmente cuando los cristianos enfermaban y morían por profanar la Eucaristía, tampoco queda claro que lo supieran sino hasta que San Pablo se los advierte (1 Corintios 11,29-30).


Y aquí entramos en el segundo fallo de este argumento, pues se trata de una falsa analogía. Una falsa analogía es un tipo de falacia en la que el argumento analógico no se apoya en una semejanza relevante u olvida diferencias que impiden la conclusión. En este caso, si bien es cierto que Dios se comporta con nosotros de manera análoga a un “padre”, eso no quiere decir que podamos trasladar cada una de las características de una relación de paternidad humana a la relación entre Dios y el hombre. Un padre humano por ejemplo, se comunica directamente con sus hijos, habla con ellos cara a cara, lo abraza, le explica claramente el por qué de las cosas. Dios en cambio no se comunica con nosotros de esa manera, sino que se sirve de sus causas segundas. De esta manera, si tomamos en serio la forma de razonar de Alejandro, tendremos que concluir no sólo que Dios no castiga en esta vida, sino que no corrige, no educa, no ama, no recompensa, etc. Ya ve cómo partiendo de una falsa analogía se puede llegar a conclusiones absurdas.


La solución por lo tanto no es concluir que Dios no castiga, sino entender que la función medicinal de las penas no requiere necesariamente que la persona sepa que es una pena por sus pecados. El sufrimiento hace reflexionar y logra que las personas tomen mayor contacto con la realidad y empiecen a darse cuenta de que sus caminos son errados, aunque no sea más que razonando a partir de las consecuencias. Para ejemplificarlo, y no porque considere que los ejemplos bíblicos sean insuficientes, mencionaré una anécdota tomada de la biografía del padre Pio de Pieltrecina, santo estigmatizado de la Iglesia Católica. Se narra allí que una joven mujer fue a Benevento a pedir la gracia para su marido que había quedado totalmente ciego. El Padre Pio le dijo que su ceguera era un castigo de Dios para salvarle y purificarlo porque en su juventud cometió el grave pecado de haberle dado una golpiza a su padre. La joven que no lo podía creer se lo contó a su marido quien inicialmente lo negó; pero finalmente confesó y reconoció que a los dieciséis años sí le había dado una tremenda paliza a su padre con una vara de hierro[1].


Otro elemento que hay que tener en cuenta es que el castigo es ante todo reparación del orden de la justicia, y no siempre o necesariamente correctivo, como hemos visto en el caso del castigo eterno. Como explica Santo Tomás, en el castigo hay un elemento de justicia, y el elemento correctivo o medicinal se agrega en determinados casos. De hecho, sería absurdo que Dios castigase sin querer restablecer el orden de la justicia, habiendo un pecado de por medio, y que lo hiciese exclusivamente por una razón medicinal.


¿Son los desastres naturales castigo de Dios?


Como siguiente argumento, Alejandro intenta probar que el Magisterio avala su tesis, y para esto menciona un reciente debate donde Mons. Inos Biffi rebatió las afirmaciones del profesor Roberto de Mattei, un conocido intelectual tradicionalista que afirmó que el terremoto de Japón pudo haber sido producto de un castigo divino por sus pecados. Alejandro agrega que Inos Biffi respondió a petición de la Santa Sede publicando un artículo en importantes revistas católicas estrechamente relacionadas con el Vaticano, como la Civitta Católica o el Observatore Romano.


Problemas de este argumento


El primer error de esta argumentación es que pasa por alto el hecho de que un artículo publicado por una revista católica por más respetable que sea, no es en ningún modo Magisterio. ¿Qué la Santa Sede de alguna manera revisa lo que allí aparece? Probablemente, pero eso no lo hace Magisterio. El hecho que presente un artículo en una revista católica como la posición oficial del Magisterio confunde a su audiencia que puede terminar tomando como magisterio algo que no lo es.


Otro error presente en esa argumentación es que descontextualiza el debate de la misma manera que ha venido descontextualizado el Catecismo de la Iglesia Católica y otros documentos del Magisterio (Dives in Misericordia, Reconciliatio et paenitentia, etc.), pero para poder entender por qué, tenemos que conocer el contexto de la discusión.


Cuando ocurre un desastre natural de la magnitud del terremoto de Japón, en donde mueren miles y a veces millones de personas, más que poner en tela de juicio si Dios puede castigar o no, surge la necesidad de explicar si es posible que Dios envíe un castigo en donde paguen justos y pecadores. En el caso específico del terremoto de Japón una niña escribió al Papa Benedicto XVI para preguntarle si la muerte de sus padres había sido un castigo divino. Una afirmación como la que se le atribuye al profesor Roberto de Mattei lastimaría los sentimientos de esa niña y de muchas personas sin causa justificada, ya que sería por lo menos temeraria. Como hemos venido explicando en los capítulos anteriores, si no es por una revelación especial no es posible tener certeza si determinado mal es producto de un castigo divino.


Para ejemplificar a que me refiero con “temeraria” tomaré como ejemplo el conocido caso del candidato presidencial de Brasil Trancredo Neves en las elecciones de 1985. Antes de las elecciones el candidato había afirmado que si conseguía 500.000 votos más, ni Dios lo quitaría de la presidencia, y aunque consiguió los votos y ganó las elecciones, enfermó un día antes de la toma de posesión para luego fallecer. Muchas personas afirmaron que Dios le había castigado por su blasfemia. En este caso, aunque todo parecería apuntar a que efectivamente fue un castigo divino, de hecho muy similar al caso de Herodes narrado en el evangelio que enfermó luego de blasfemar, aquí no contamos con una revelación especial que nos de certeza de que efectivamente fue así, por lo tanto, sería temerario afirmarlo y en estos casos la prudencia nos exige esperar a enterarnos en la otra vida.


Ahora bien, sin dar certeza de algún caso en particular ¿puede Dios castigar por medio de una catástrofe en el que se vean afectadas personas inocentes? La respuesta es irrelevante para lo que analizamos, porque incluso respondiendo negativamente, eso no implicaría que no pudiera enviar castigos que afecten sólo a los culpables. Se trata pues de un debate enteramente distinto.


Lo que sí podemos decir con seguridad sin entrar a debatir aquello, es que si bien los pecados de unos pueden afectar a otros, nunca uno puede recibir castigo en sus bienes espirituales por el pecado de otra persona. Una explicación de Santo Tomás puede ayudar a entenderlo mejor:



Se puede considerar la pena de dos modos. Primero, como castigo, y en este sentido únicamente el pecado la merece, porque por ella se restablece la igualdad de la justicia, en cuanto que aquel que pecando se excedió en lo de seguir su propia voluntad, padece contra su voluntad algún daño. Por lo cual, como todo pecado es voluntario, incluso el original, conforme a lo dicho (1-2 q.81 a.1), se sigue que nadie es castigado de esta forma sino por el pecado voluntario.


Desde otro ángulo, puede ser considerada la pena como medicina, que no sólo es sanativa del pecado pasado, sino que tiene asimismo virtud para preservar del pecado futuro y para empujarnos a hacer algo bueno. Según esto, uno es castigado a veces sin culpa, aunque nunca sin causa. Sin embargo, hay que tener en cuenta que nunca la medicina priva de un bien mayor para procurar un bien menor —por ejemplo, dejarle a uno sin vista para curarle el calcaño—, sino que, a veces, causa un daño en lo menor para prestar ayuda en lo más importante. Y como los bienes espirituales son los de mayor valor y los temporales los de menor, es por lo que a veces se le castiga a uno en estos últimos sin culpa, por ejemplo, con muchas penalidades de esta vida presente, que Dios le inflige para que le sirvan de humillación o de prueba. En cambio, no se castiga a nadie en los bienes espirituales sin culpa propia, ni en ésta ni en la otra vida, ya que en la vida futura las penas no son medicina, sino consecuencia de la condenación espiritual.”


(Santo Tomás, Suma Teológica, L.2, Q.108, a.4)



La Salvifici Doloris ¿Fuera de contexto?




Alejandro también ha afirmado que descontextualicé lo dicho por el Papa Juan Pablo II en la Carta Apostólica Salvifici Doliris. El texto fue citado realmente por mi amigo Adrian Ferreira, quien también ha participado en el debate. Yo cité otros en donde también el Papa Juan Pablo II afirmó que Dios sí castiga (vea por ejemplo la audiencia del 25 de Julio del 2001 titulada “Dios castiga y Salva [2]), pero aun así es oportuno hacer notar que la cita no está fuera de contexto. Leamos algunos extractos de la Salvífici Doloris:



Al mal moral del pecado corresponde el castigo, que garantiza el orden moral en el mismo sentido trascendente, en el que este orden es establecido por la voluntad del Creador y Supremo Legislador. De ahí deriva también una de las verdades fundamentales de la fe religiosa, basada asimismo en la Revelación: o sea que Dios es un juez justo, que premia el bien y castiga el mal: « (Señor) eres justo en cuanto has hecho con nosotros, y todas tus obras son verdad, y rectos tus caminos, y justos todos tus juicios. Y has juzgado con justicia en todos tus juicios, en todo lo que has traído sobre nosotros … con juicio justo has traído todos estos males a causa de nuestros pecados”


“Ya en el Antiguo Testamento notamos una orientación que tiende a superar el concepto según el cual el sufrimiento tiene sentido únicamente como castigo por el pecado, en cuanto se subraya a la vez el valor educativo de la pena sufrimiento. Así pues, en los sufrimientos infligidos por Dios al Pueblo elegido está presente una invitación de su misericordia, la cual corrige para llevar a la conversión: « Los castigos no vienen para la destrucción sino para la corrección de nuestro pueblo.”


“El libro de Job no desvirtúa las bases del orden moral trascendente, fundado en la justicia, como las propone toda la Revelación en la Antigua y en la Nueva Alianza. Pero, a la vez, el libro demuestra con toda claridad que los principios de este orden no se pueden aplicar de manera exclusiva y superficial. Si es verdad que el sufrimiento tiene un sentido como castigo cuando está unido a la culpa, no es verdad, por el contrario, que todo sufrimiento sea consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo. La figura del justo Job es una prueba elocuente en el Antiguo Testamento. La Revelación, palabra de Dios mismo, pone con toda claridad el problema del sufrimiento del hombre inocente: el sufrimiento sin culpa. Job no ha sido castigado, no había razón para infligirle una pena, aunque haya sido sometido a una prueba durísima. En la introducción del libro aparece que Dios permitió esta prueba por provocación de Satanás.”



El documento no requiere muchas explicaciones porque está bastante claro, por lo que sólo haré un par de puntualizaciones.


En primer lugar note que dice: “El libro de Job no desvirtúa las bases del orden moral trascendente, fundado en la justicia, como las propone toda la Revelación en la Antigua y en la Nueva Alianza”. Empiezo por acá para que no se utilice de nuevo la excusa de que como el libro de Job pertenece al Antiguo Testamento, el Papa no está dejando una enseñanza válida para nosotros. Recuerde que está hablando del orden moral trascendente, y eso incluye la antigua y nueva alianza.


Ahora vamos a la parte clave del texto que dice: “Si es verdad que el sufrimiento tiene un sentido como castigo cuando está unido a la culpa, no es verdad, por el contrario, que todo sufrimiento sea consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo”, que es precisamente lo que hemos dicho: no todo sufrimiento es castigo, pero sí lo es cuando está unido a la culpa.


La parábola del hijo pródigo, ¿No demuestra que Dios no castiga?


Otro argumento recurrente en los podcast de Alejandro es la interpretación que hace de la parábola del hijo pródigo, en la que el padre se mostró compasivo y no castigó a su hijo luego de que había dilapidado su herencia, de allí razona que si el padre no le castigó, de la misma manera Dios que es un padre bueno, tampoco nos castigará.


Pero cuando se dice que Dios puede castigar si así lo determina, no se niega que como soberano universal tenga derecho a ser clemente. Tampoco decimos que esté obligado a aplicar una justicia meramente conmutativa. Si generalizamos a partir de una parábola cuya finalidad es poner de relieve la misericordia podríamos terminar creyendo junto con los protestantes que no existe el purgatorio sólo porque Jesucristo fue clemente con el buen ladrón y le prometió estar con Él ese mismo día en el paraíso. No hay que olvidar que el mismo Jesús en otros textos donde el tema principal es la responsabilidad personal de cada persona les advierte el castigo que recibirán sino actúan en consecuencia: “Aquel siervo que, conociendo la voluntad de su señor, no ha preparado nada ni ha obrado conforme a su voluntad, recibirá muchos azotes; el que no la conoce y hace cosas dignas de azotes, recibirá pocos; a quien se le dio mucho, se le reclamará mucho; y a quien se confió mucho, se le pedirá más.” (Lucas 12,47-48).


Conclusiones


Con esto ya finalizamos y considero que he analizado todos los argumentos que expone Alejandro Bermúdez en su serie de programas (en total siete). Quiero agradecer especialmente al padre José María Iraburu, Luis Fernando Pérez director de Infocatólica, y a Néstor Martínez, quienes me han asesorado en este tema. Agradezco también a quienes con sus comentarios han contribuido a enriquecerlo y han ayudado a mejorar notablemente el resultado final, así como a los que pacientemente han venido leyendo cada una de las entregas.


Dios les bendiga.




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NOTAS


[1] Carty, Charles Mortimer Fr., El Padre Pio: El Estigmatizado 2ª edición, Ed. Poblet. Buenos Aires (Argentina) 1960

Una copia digital en pdf de este libro está publicada en la Web de AutoresCatólicos:

http://bit.ly/1ihqaVB




ApologéticaAunque mi último post lo había titulado: “Dios si castiga: conclusiones” he decido cambiarle el nombre y titularle: “Dios si castiga: primeras conclusiones” . La razón es obvia, y es que de aquí en adelante voy a seguir profundizando en el tema, principalmente para analizar la serie de podcast que Alejandro Bermúdez está publicando para responder a mis argumentos.


El podcast que analizaré ahora se titula “Como no hacer apologética” y puede escucharlo completo aquí:


Podcast: Como no hacer apologética – Alejandro Bermúdez


Nota: El lector puede ver que no tengo inconveniente alguno que se escuchen completas las argumentaciones de Alejandro. Lamento que la audiencia de Alejandro no pueda hacer lo mismo, ya que Alejandro no les indica donde puede leer las mías.


Entrando ahora a analizar su primera entrega, lo primero que se puede notar es que Alejandro no lo dedica a argumentar sobre el tema en cuestión, sino a hacer una introducción en la que analiza el método que yo he utilizado a lo largo de mis intervenciones. Pues bien, en esta ocasión voy a dedicar yo este, para precisamente fundamentar el método apologético que he venido utilizando.



Citas versus Razón teológica


No es casualidad que Alejandro empiece por aquí, ya que uno de los puntos fuertes de mi argumentación es precisamente que yo puedo fundamentarla con un centenar y seguramente muchos más textos de la Biblia, la Iglesia primitiva, los santos y padres de la Iglesia, el Magisterio, los Papas, manuales de teología, libros de espiritualidad e incluso hasta las revelaciones privadas aprobadas por la Iglesia, mientras que Alejandro no ha podido encontrar ni un solo texto magisterial que afirme lo que sostiene, ósea, que Dios no castiga. Y como no ha podido encontrarlo quita credibilidad a esta metodología de manera de eliminar una de mis cartas más fuertes, utilizando algunos recursos falaces que para algunos de los lectores que no tienen experiencia en debates pueden pasarles desapercibidos. Pues bien aquí vamos:


Es importante argumentar en base a la Biblia y al Magisterio de la Iglesia


Argumentar citando la Biblia y el Magisterio de la Iglesia no es un método incorrecto. Puede comprobarlo al investigar la forma en que han debatido los santos y padres de la Iglesia a lo largo de la historia cristiana. Algunos han citado tan profusamente la Sagrada Escritura, que se dice que si hubiésemos extraviado la Biblia entera, solamente con las citas presentes en sus escritos, podríamos recuperarla. Además también es importante citar al Magisterio que es el intérprete auténtico de la Revelación. Lamentablemente, y esto hay que reconocerlo, una gran parte del pueblo católico carece de los conocimientos bíblicos para argumentar de esa manera, y cuando se suele encontrar con un protestante con buen conocimiento bíblico que cita la Biblia de manera fluida, se siente apabullado y es hasta natural que cree cierta antipatía por quienes argumentan de esa manera.


El problema de los protestantes no es que argumenten utilizando la Biblia, sino que lo hagan rechazando la Sagrada Tradición y además el Magisterio, que es quien tiene la última palabra en la recta interpretación de la Revelación. Es cierto que por esta causa los protestantes terminan por hacer un mal uso de la citas bíblicas, pero también es cierto que el mal uso de ellas no descalifica de por sí su buen uso. Asociar una con la otra no es sino caer en el error que se conoce como la falacia de la falsa analogía. En este tipo de falacia se apoyar una conclusión sobre la base de una similitud que parece evidente dejando de lado diferencias importantes, ocultándose el hecho de que esa comparación es incorrecta desde un punto de vista lógico.


A este respecto, cuando al dialogar con un amigo protestante él me llega argumentando con la Biblia, yo no rechazo sus textos con la excusa de que él está citando, sino que recurro a la misma Biblia que él ya acepta como palabra de Dios para mostrarle cómo ese texto interpretado en su contexto y en armonía con la totalidad de la Revelación se debe interpretar de otra manera.


Es importante también la razón teológica


Y es aquí donde Alejandro tiene razón y es importante también razonar teológicamente, pero sin caer en el error de la dialéctica de los contrarios, en donde se enfrentan extremos aparentemente contrapuestos, para optar por uno, rechazando el otro. No es el et-et, sino el aut-aut. No se trata pues de sólo citar sin razonar, pero tampoco de razonar prescindiendo de citar adecuadamente cuando sea necesario.


Y si se revisan detalladamente mis intervenciones, podrá comprobar que no es cierto que yo me haya limitado a citar textos sin reflexionar y razonar sobre ellos, y por eso reitero que estoy dispuesto con todo gusto a seguir haciéndolo a medida que avance en estas intervenciones. Pondré un ejemplo que todavía ha de estar fresco en la mente de las personas que han seguido este debate: Si recuerdan bien mi primera intervención, yo comencé citando a Benedicto XVI en un texto donde él afirmó con palabras textuales, que debido a que en el mundo ha habido cristianos incoherentes, Dios ha tenido que recurrir con frecuencia al castigo[1]. Alejandro respondió señalando que esa y otras citas estaban fuera de contexto porque allí el Papa se refería al Dios del Antiguo Testamento, que según su propia opinión si se había revelado como “castigador”. A esto yo me dispuse a razonar sobre el texto y le demostré que era su razonamiento teológico el que estaba equivocado, porque se hacía obvio que el Papa no se refería allí a personas del Antiguo Testamento, ya que estaba hablando de “cristianos” y de los “pueblos que habían recibido el anuncio del evangelio". Pregunto: ¿Quién ha sido allí quien aplicó la razón teológica a esos textos del Papa?


Muchos ejemplos más el lector podrá encontrar si repasa las intervenciones.


Cómo si no se debe citar


Pero lo que sí es un método incorrecto de citar, y lo digo con todo respeto y fraternalmente, es el que utiliza Alejandro, tanto en sus primeras intervenciones como en las siguientes, en donde parafraseando atribuye y coloca en la boca de los Papas palabras textuales que nunca dijeron.


Pondré sólo dos ejemplos y dejaré el lector la tarea de encontrar más porque es básicamente el método de Alejandro utiliza. En su segundo podcast Alejandro sostuvo: “como dice el Papa Juan Pablo II, en Dives in misericordia, es decir, en Rico en misericordia, los pasajes en los cuales Dios castiga e incluso pone a prueba, no son comprensibles a la luz del Nuevo Testamento, eso es lo que dice, no son comprensibles.”. Un lector que no haya leído el documento, y seguramente será el caso de le la mayoría ya que es bastante largo y excede las cincuenta páginas, no notará que realmente eso allí no lo “dice” el Papa, sino que es la “interpretación” personal de Alejandro. En su momento le indiqué que eso no sólo eso no es lo que dice allí el Papa, sino que en todo el documento ni siquiera aparece la palabra “castigo” ni una sola vez, ni para afirmar positivamente que Dios castigue, ni para negarlo. Con esto no quiero decir que me niegue de plano a aceptar que la idea pueda estar implícita en alguna parte, pero sí requiero que primero cite textualmente, y luego de allí proceda a interpretar y razonar, y no como ha hecho, a citar luego de haber “razonado” dejándonos con unas citas parafraseadas y adulteradas.


Un evento similar ocurrió ya no en su podcast sino en la propia página de Facebook de Alejandro, donde publicó un Ángelus del Papa Juan Pablo II donde supuestamente decía que Dios no castigaba. Como este era un documento más corto muchos de sus lectores si se animaron a leerlo y expresaron su perplejidad al no encontrar por ninguna parte lo que le atribuía Alejandro. Luego de esto comenzaron a pedirle que les explicara en qué parte Juan Pablo II decía eso. Entre algunos de esos comentarios decían:


Julio: “¿En qué parte del mensaje lo dice? No lo encuentro por ninguna parte.”


Claudia: “Julio, yo tengo el mismo estupor que vos. Dónde dice semejante cosa? Hacen decir al Santo Padre cosas que no ha dicho. Es terrible.”


Raúl: “Alejandro perdona en que parte dice que Dios no castiga??”


Sulding: “….Y en este Ángelus yo no veo que haga referencia al castigo.”


(Esta conversación se encuentra actualmente publicada en el facebook de Alejandro, por lo que el lector que desee puede leerla completa y en su contexto)


A esto Alejandro respondió a uno de ellos: “Si no la ves, entonces no tienes de qué dudar. Quédate con la posición de Arráiz. El que no lo ve no va a entender.” .


Pregunto yo: ¿A esto se llama aplicar la “razón teológica”? Y si revisan las respuestas que ha dado Alejandro en el twitter a objeciones similares verá que básicamente ha respondido de la misma manera. Por eso le reitero a Alejandro: con todo gusto estoy dispuesto a ir texto por texto, documento por documento y analizar el contexto de cada uno. Pero lo que no puedo aceptar como un argumento válido, es que afirme gratuitamente que el Papa dijo algo en un documento, y no pretenda demostrarlo utilizando la misma razón teológica que él reconoce como tan necesaria.


Qué no es razón teológica


Y aquí llegamos a otro punto muy importante, pues si bien es importante razonar teológicamente, eso no quiere decir que todo razonamiento teológico sea acertado. En el caso de los razonamientos de Alejandro sucede precisamente eso pues toda su argumentación sigue cayendo en el error de la dialéctica de los contrarios, al ver como excluyentes la misericordia divina y su justicia, de allí que seguramente en sus propias entregas, citará textos como la Dives in misericordia o el Catecismo de la Iglesia, que ponen de relieve el amor de Dios, y tratara de dar a entender que como por naturaleza Dios es pura misericordia, entonces eso de alguna manera demuestra que no castiga, y eso, aunque ya se explicado no pocas veces, que la misericordia de Dios no excluye su justicia ni viceversa. Pero como decía el Papa Benedicto XVI en su libro Luz del Mundo, esto es parte de la particular ofuscación del pensamiento que ha perdido la conciencia de que el castigo puede ser un acto de amor.


Por qué también es importante clarificar que se entiende por castigo


Alejandro también se queja de que yo he recurrido al diccionario de la Real Academia Española para clarificar el significado de la palabra “castigo” y lo ha entendido como una manera de cercarle y no permitirle capacidad de maniobra. La razón de haberlo hecho es que como seres humanos que somos no nos comunicamos por medio de las lenguas arcanas ni el pensamiento puro, sino que nos atenemos al lenguaje humano y tenemos que clarificar el significado de las palabras. Si yo digo que “Dios castiga” o él dice que “Dios no castiga” lo primero es aclarar que entiende cada uno por ello.


El problema es que a estas alturas Alejandro no lo ha explicado, lo único que ha dicho de manera muy general es que él entiende que el castigo crea una justicia conmutativa y asume que por eso Dios no puede castigar. Parte así de un presupuesto falso, porque si bien el castigo es la imposición de una pena a quien ha cometido una falta, no necesariamente se sigue que esta pena tenga que ser “conmutativa”. La justicia conmutativa, que es la que regula el recto orden entre un individuo y otro individuo, no se puede aplicar en sentido estricto a Dios, porque entre Creador y criatura no puede haber igualdad de relaciones. La criatura, a causa de su absoluta dependencia del Creador, no puede obligarle por si misma mediante una prestación suya a que Dios le corresponda con otra. Pero en el caso de Dios no se habla de que cuando castigue aplique una justicia conmutativa, sino una justicia distributiva, ya que él al proceder como juez equitativo corresponde recompensar el bien (justicia remunerativa) y castigar el mal (justicia distributiva).


Pongamos más ejemplos tomados del Nuevo Testamento para comprender mejor cómo entender el castigo temporal como un acto de justicia correctiva y vindicativa. Cuando el ángel Gabriel se aparece a Zacarías para anunciarle que su anciana esposa quedaría en cinta de Juan el Bautista, él duda de sus palabras y le responde: “¿Qué garantía me das de eso? Pues yo soy anciano y mi mujer de edad avanzada” (Lucas 1,19), a lo que él ángel le responde: “Yo soy Gabriel, que sirvo a Dios en su presencia: me ha enviado a hablarte, a darte esta Buena Noticia. Pero mira, quedarás mudo y sin poder hablar hasta que eso se cumpla, por no haber creído mis palabras que se cumplirán a su debido tiempo.” (Lucas 1,19-20).




Apologética

Analicemos este acontecimiento y apliquemos el razonamiento teológico como exige Alejandro: Zacarías comete una falta (duda del mensajero de Dios), y por medio del ángel Dios le impone una pena temporal (quedará mudo durante un tiempo). Este suceso del evangelio ejemplifica bien cómo el castigo temporal no necesariamente puede ser la consecuencia natural de una acción cometida (como lo sería la pena ontológica de un borracho que sufre cirrosis por beber alcohol en exceso). También ejemplifica bien como pude tener carácter correctivo y vindicativo a la vez. Obsérvese que efectivamente se trata de un castigo, porque se impone una pena a una falta. ¿Es también una corrección? Sí, nadie ha negado que el castigo temporal tenga un carácter medicinal, lo que negamos es que toda corrección sea un castigo. Y esto la Biblia lo dice bien claro y usa la palabra castigo de la misma forma en que lo hemos venido haciendo: El Señor nos castiga como a hijos con el fin de que no seamos condenados junto con este mundo (1 Corintios 11,32) Porque el Señor al que ama, le castiga; y a cualquiera que recibe por hijo suyo, le azota y le prueba con adversidades.” (Hebreos 12,5). Por supuesto, para explicar esto la solución no es cambiarle el significado a la palabra castigo, para empecinarse en negar que Dios castigue.


Alejandro a estos textos y otros bien explícitos donde se dice que Dios castiga, alega que en ellos lo que se puede probar es que hay “alguna relación” entre Dios y el castigo, no más. Yo invito a revisar todos los textos suministrados, y comprobar específicamente que relación hay precisamente entre Dios y el castigo, mientras nos preparamos para seguir profundizando en esto más adelante.


Con esto finalizo de momento para no alargarlo mucho, en mis próximos post me dedicaré a analizar las siguientes respuestas de Alejandro. Dios les bendiga.


Entregas anteriores a esta serie:


¿Dios castiga o no castiga?


Respuesta a Alejandro Bermúdez: Dios sí castiga.


Dios sí castiga: primeras conclusiones


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NOTAS


[1] Refresco la cita del Papa Benedicto XVI: “Si contemplamos la historia, nos vemos obligados a constatar a menudo la frialdad y la rebelión de cristianos incoherentes. Como consecuencia de esto, Dios, aun sin faltar jamás a su promesa de salvación, ha tenido que recurrir con frecuencia al castigo.”

(Homilía de S.S. Benedicto XVI, Inauguración de la XII Asamblea Ordinaria del Sínodo de Obispos, 5 de Octubre del 2008 )




Benedicto XVIEn mis últimos artículos he estado tratando el tema del castigo, especificamente cómo la idea de que Dios no castiga nunca ha ido infiltrándose en el pueblo católico al punto que es frecuentemente escuchada en predicaciones, homilías inclusive de gente muy preparada. Pero ¿de dónde ha venido esta alergia a la palabra “castigo” o lo que dicha palabra significa, incluso entre gente muy buena y bien formada? El Papa Benedicto XVI dio un lúcido diagnóstico que nos lo puede clarificar:



“Me comentó algo muy interesante el arzobispo de Dublín. Dijo que el derecho penal eclesial funcionó hasta los últimos años de la década de 1950, que si bien no había sido perfecto -mucho hay en ello para criticar-, se lo aplicaba. Pero desde mediados de la década de 1960 dejó simplemente de aplicarse. Imperaba la conciencia de que la Iglesia no debía ser más Iglesia del derecho, sino Iglesia del amor, que no debía castigar. Así, se perdió la conciencia de que el castigo puede ser un acto de amor.


En ese entonces se dio también entre gente muy buena una peculiar ofuscación del pensamiento. Hoy tenemos que aprender de nuevo que el amor al pecador y al damnificado está en su recto equilibrio mediante un castigo al pecador aplicado de forma posible y adecuada. En tal sentido ha habido en el pasado una transformación de la conciencia a través de la cual se ha producido un oscurecimiento del derecho y de la necesidad de castigo, en última instancia también un estrechamiento del concepto de amor, que no es, precisamente, sólo simpatía y amabilidad, sino que se encuentra en la verdad, y de la verdad forma parte también el tener que castigar a aquel que ha pecado contra el verdadero amor

Benedicto XVI, Luz del mundo, Herder 2010, p. 16-17



De esta manera se ha querido erradicar tanto la idea de un Dios que pueda castigar si así lo decide, como la imagen de una Iglesia que castiga con las penas medicinales a quien así lo amerita. Sencillamente, no resulta políticamente correcto hablar del castigo divino hoy en día.



¿Es acaso un problema de semántica?


Así que para cerrar este hilo de reflexiones, quiero abordar con más detalle el problema de la terminología, pues algunas de las personas que he escuchado opinar sobre este tema, me han dicho que quizá se trata todo de un problema de semántica. Que probablemente estamos todos diciendo lo mismo con distintas palabras.


Benedicto XVIY es que ¿no es mejor enseñar solo que Dios “corrige” sin utilizar la palabra “castigo” y así evitar el riesgo de que personas poco formadas se hagan la idea de un Dios “castigador” y “vengativo”? ¿No es más conveniente presentar un Dios “buena onda” que por ser pura misericordia jamás nos va a castigar? ¿Una palabra más “suave” que diga esencialmente lo mismo quizá podría ayudar, piensan algunos?


Pues bien, en mi opinión no se trata sólo de un problema de terminología, sino de una mala comprensión de la doctrina católica, que se manifiesta en una incapacidad de entender la justicia divina a la luz de su misericordia, pero antes de ir a ello, repasemos brevemente el significado de la palabra “castigo”.


Clarificando una vez el significado de la palabra “castigo”


En mi primer comentario decía que las cuestiones terminológicas son de segundo orden con respecto a las cuestiones de fondo o de contenido y porque cada uno tiene derecho a elegir su propia terminología, dentro de ciertos límites. Pero…¿Es conveniente que en este caso cada quien use su propia terminología? Sabemos que un “castigo” es simplemente la “pena que se impone a quien ha cometido un delito o falta.” (Diccionario de la Real Academia Española), si alguien desea llamarle corrección, quizá no haya problema. Ahora señalaré porqué pienso que esto no es conveniente:


1) Si bien el castigo puede tener carácter correctivo, como es el castigo temporal, también tiene un carácter vindicativo, pues busca además la conversión del pecador y expiar la ofensa inferida a Dios y restaurar el orden moral perturbado por el pecado. Por lo tanto, es correcto decir que la palabra “castigo” no es sinónimo de “corrección”, aunque puede comprenderlo. El castigo puede tener solo carácter vindicativo, como es el caso del castigo eterno o la condenación.


2) El pueblo de Dios siempre ha entendido el castigo divino en este sentido, comprendiendo a la vez su carácter correctivo como vindicativo, ya sea tanto en el Antiguo Testamento, como en el Nuevo, así como en la Iglesia primitiva, los escritos de los Santos y Padres de la Iglesia y el Magisterio. Nunca se debe dejar de predicar la verdad aunque no sea lo políticamente correcto ¿Qué entenderá un fiel que lea las obras de los santos y encuentren que se habla nítidamente de la noción de que Dios puede castigar y vean que ahora se propaga la doctrina contraria? ¿No es mejor enseñar la verdad conforme a las Escrituras y la Tradición, de manera que los fieles puedan comprender rectamente que la justicia divina no entra en conflicto con su misericordia? ¿No dice acaso la Biblia que “el Señor castiga a quien ama y azota a los hijos que reconoce” (Hebreos 12,6)?


3) Es un error asumir que ha habido un “desarrollo” de la doctrina cristiana cambiando la posición de la Iglesia en este punto. En primer lugar, se ha de recordar que la doctrina se desarrolla siempre en el mismo sentido y no de manera transformista. En segundo, no hay nada en el Magisterio que permita inferir o sospechar esto. Todo lo contrario, si quienes afirman que Dios no castiga pudieran citar un solo documento magisterial donde se afirme tal cosa, ya lo hubiesen hecho y no hubiesen tenido que echar mano de citas parafraseadas en las que ni siquiera aparece la palabra “castigo”. No resulta difícil encontrar muchas referencias explícitas del Magisterio, incluyendo Concilios Ecuménicos, diciendo lo contrario, tal como se evidenció en las entregas anteriores.


Aclaratorias pertinentes


Por último, quiero aclarar un punto desagradable. Me he enterado por las redes sociales que Alejandro Bermúdez ha reaccionado de manera negativa a mi corrección y ha entendido que les he acusado a él y a nuestro hermano Frank Morera de ser “herejes” o de que están en contra de la doctrina católica. Aprovecho de aclararle que me ha malinterpretado. He señalado que están equivocados en este punto, y que por su relevancia en los medios de comunicación, esto hace que su error afecte a más personas, pero para ser hereje se necesitan ciertos elementos que él seguramente conoce tan bien como yo y no me corresponde hacer ese tipo de juicios. Este problema trasciende por mucho el error puntual que puedan cometer dos comunicadores católicos, se trata de un error que se encuentra en la predicación inclusive de sacerdotes (sin ir muy lejos, mi propia hermana en la Santa Misa de hoy, escuchó al sacerdote en la homilía, predicar que Dios no castiga)


Mi exhortación es que enseñemos la doctrina católica tal como la Escritura, el Magisterio y la Tradición la han enseñado siempre, no cayendo en la tentación de ceder a lo políticamente correcto, o de aferrarnos a una idea de moda que como ha dicho Benedicto XVI, aunque se encuentre entre gente muy buena, no es sino una “peculiar ofuscación del pensamiento” que ha “perdido la conciencia de que el castigo puede ser un acto de amor


Vea también:


¿Dios castiga o no castiga?


Respuesta a Alejandro Bermúdez: Dios sí castiga.




Concilio de Trento



“Es tan grande la liberalidad de la divina beneficencia, que no sólo podemos satisfacer a Dios Padre, mediante la gracia de Jesucristo, con las penitencias que voluntariamente emprendemos para satisfacer por el pecado, o con las que nos impone a su arbitrio el sacerdote con proporción al delito; sino también, lo que es grandísima prueba de su amor, con los castigos temporales que Dios nos envía, y padecemos con resignación”

(Concilio Dogmático de Trento, Cap. IX. De las obras satisfactorias)



Sí, he aquí al Magisterio solemne de la Iglesia afirmando que Dios no solo puede enviarnos castigos temporales, sino que de hecho lo hace. Pero ya volveremos con eso más adelante, así que comencemos por el principio:


Recientemente escribí un artículo donde respondía la pregunta: ¿Dios castiga o no castiga? Donde analizaba el error que se ha venido infiltrando en el pueblo católico, respecto a creer que Dios no castiga nunca. En dicho artículo mencioné que incluso personalidades ilustres en los medios de comunicación católicos (como Frank Morera, apologeta católico, y Alejandro Bermúdez, director de ACIPrensa y conductor de diversos programas de EWTN) habían cometido el mismo error, contradiciendo lo que el Magisterio de la Iglesia ordinario y extraordinario ha enseñado a lo largo de los siglos. Hoy, gracias a unos lectores de ApologeticaCatolica.org, me he enterado que Alejandro Bermúdez ha publicado un podcast en donde responde a algunos de mis argumentos, y he creído necesario publicar también yo una respuesta a los suyos.



Antes de comenzar, creo necesario volver a aclarar, que esto no debe tomarse como un ataque personal a la persona de Alejandro Bermúdez, ni tampoco a la de Frank Morera, pues considero que ambos desempeñan un honorable ministerio dentro de la Iglesia. He sido yo uno de los que ha compartido en no pocas ocasiones sus vídeos, charlas y conferencias ya sea en mis blogs, y en ApologeticaCatolica.org.


Pero precisamente porque valoro su trabajo, es que considero necesario corregirles cuando lo que enseñan se aparta de la verdad, y puede llevar a la confusión a las personas que acuden a ellos para formarse. Dado que están al frente de prestigiosos e influyentes medios de comunicación católicos un error de parte de ellos puede confundir a un gran número de católicos.


El podcast completo de Alejandro Bermúdez a mi artículo puede ser escuchado aquí:


Alejandro Bermudez – Dios no castiga


Comencemos…


Según los Papas…¿Dios castiga sólo en el Antiguo Testamento?


Inicio con esta pregunta, porque al comienzo de mi artículo yo empecé citando a los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI para mostrar cómo incluso los pontífices en la época actual al igual que el resto de los Papas a lo largo de la historia han enseñado que Dios puede castigar si así lo decide, como una forma misericordiosa de corregir al pecador, o para expiar la ofensa inferida a Dios y restaurar el orden moral perturbado por el pecado. Ante estas citas, Alejandro responde:



“Correcto, pero en este texto, sacado completamente fuera de contexto, el Papa Benedicto XVI se estaba refiriendo al Dios del Antiguo Testamentodonde Dios se revela como un Dios castigador . Es obvio que en Antiguo Testamento Dios castiga, los ejemplos abundan, incluso al gran amigo de Dios: Moisés, por haber perdido la paciencia en Meribá y haber golpeado dos veces con el palo, para que saliera agua desde una sola vez, por furia, Dios lo castiga y no le permite ver la tierra prometida. La mujer de Lot que se convierte en Sal, el mismo diluvio universal.“.



Bien, vemos que por un lado Alejandro reconoce de entrada que Dios durante el Antiguo Testamento si castigaba, pero luego afirma que el Dios del Nuevo Testamento es distinto y luego ya no lo hace más. El problema es que ya en estos comentarios hay varios errores (unos más graves que otros) que es importante analizar y lo iré haciendo a medida que avance. Comenzaré por la cita de Juan Pablo II que Alejandro dice que yo he descontextualizado, y lo haré citando el texto en un contexto más amplio para alejar todo género de dudas, y el lector pueda juzgar por sí mismo si esto es cierto.


Dice así el Papa Benedicto XVI (las negritas son mías):



“Lo que denuncia esta página evangélica interpela nuestro modo de pensar y de actuar. No habla sólo de la “hora” de Cristo, del misterio de la cruz en aquel momento, sino de la presencia de la cruz en todos los tiempos. De modo especial, interpela a los pueblos que han recibido el anuncio del Evangelio. Si contemplamos la historia, nos vemos obligados a constatar a menudo la frialdad y la rebelión de cristianos incoherentes. Como consecuencia de esto, Dios, aun sin faltar jamás a su promesa de salvación, ha tenido que recurrir con frecuencia al castigo.


En este contexto resulta espontáneo pensar en el primer anuncio del Evangelio, del que surgieron comunidades cristianas inicialmente florecientes, que después desaparecieron y hoy sólo se las recuerda en los libros de historia. ¿No podría suceder lo mismo en nuestra época?



Detengámonos por un momento en lo que he subrayado en negrita. El Papa comienza hablando de cómo a lo largo de la historia, ha habido frialdad y rebelión por parte de cristianos incoherentes, y note que al hablar de cristianos, no está hablando de personas que vivieron durante el Antiguo Testamento, por lo que sigue a continuación no puede de ninguna manera excluir el Nuevo Testamento. Dice así: Como consecuencia de esto, Dios, aun sin faltar jamás a su promesa de salvación, ha tenido que recurrir con frecuencia al castigo


Resalto en negrita las palabras “como consecuencia de esto” porque deja ver que precisamente porque ha habido cristianos incoherentes, es que Dios ha tenido que recurrir con frecuencia al castigo, o lo que es lo mismo: Dios ha tenido que recurrir al castigo como consecuencia de que ha habido cristianos incoherentes. Ahora pregunto: ¿Es que acaso hubo cristianos en el Antiguo Testamento? ¿O el Papa está hablando en general de toda la historia de la humanidad? De hecho, si leemos todavía más atrás vemos que el contexto lo confirma, pues dice: “No habla sólo de la “hora” de Cristo, del misterio de la cruz en aquel momento, sino de la presencia de la cruz en todos los tiempos. De modo especial, interpela a los pueblos que han recibido el anuncio del Evangelio.” Es innecesario aclarar, que los pueblos que recibieron el anuncio del Evangelio, no fueron precisamente los pueblos del Antiguo Testamento. Por si fuera poco remata: “¿No podría suceder lo mismo en nuestra época? ”.


Como se puede apreciar, ha sido Alejandro quien no ha verificado el contexto de esta cita del Papa Benedicto XVI, que de ninguna manera puede entenderse como que se refiere sólo a castigos divinos ocurridos sólo en el Antiguo Testamento. Digámoslo sin rodeos: más claro ni el agua.


Con mi siguiente cita del Papa Juan Pablo II, Alejandro argumenta de la misma manera diciendo que habla del libro de Tobías que está en el Antiguo Testamento, por tanto hay que descartarlo como un ejemplo de que el Dios del Nuevo Testamento castiga, pasando por alto que Juan Pablo II cita el mismo libro para dar e entender que así como Dios castiga también es compasivo. Sin embargo, para evitar que se atrinchere nuestro buen amigo en ese argumento, citemos pues al Papa Juan Pablo II en otra de sus audiencias donde no hay manera de atribuirle que se refiere al Antiguo Testamento solamente. Me refiero en su audiencia del Miércoles, 29 de Setiembre 1999 donde escribe:



El amor paterno de Dios no excluye el castigo, aunque éste se ha de entender dentro de una justicia misericordiosa que restablece el orden violado en función del bien mismo del hombre (cf. Hb 12, 4-11).”



Observe el lector, que el Papa Juan Pablo II habla de que el Dios que no excluye el castigo es aquel que nos ama con amor paterno. Y lo hace con una doble finalidad: restablecer el orden violado en función del bien mismo del hombre, y aplicar la justicia misericordiosa de Dios.


Según la Biblia ¿Dios castiga sólo en el Antiguo Testamento?


Otro error que comete Alejandro en su podcast, es afirmar que sólo el Dios del Antiguo Testamento castiga y que no hay en todo el NT ningún texto donde se vea a Dios castigar con otro castigo que no sea la condenación eterna luego del juicio. Dice textualmente Alejandro:



“. En el Nuevo están los 27 libros que incluyen los cuatro evangelios, los hechos de los apóstoles, las cartas de San Pablo, la carta a los hebreos, la carta de Santiago, Primera de Juan, Segunda de Juan, la carta de Judas, el Apocalipsis. En ninguno de ellos se habla del castigo fuera de la pena final.”.



Sin embargo, en mi artículo inicial yo demostré que esto no es cierto, y supongo que Alejandro no llegó a esa parte, porque en su podcast sólo se limitó a comentar el primer párrafo de un artículo de varias páginas. Pues bien, recuerdo nuevamente que yo mostré que San Pablo amonesta a aquellos que recibían indignamente la Eucaristía y les dice que por ello eran castigados con enfermedades e incluso con la muerte:



“Pues quien come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo. Por eso hay entre vosotros muchos enfermos y muchos débiles, y mueren no pocos.” (1 Corintios 11,29-30).



Cité también el caso clarísimo de Herodes, que por haber consentido una blasfemia, fue herido por el ángel de Dios quedando enfermo hasta morir:



“El día convenido, Herodes, vestido con las vestiduras reales y sentado en su estrado, los arengaba, mientras el pueblo aclamaba: ¡Voz de dios, no de hombre! De improviso lo hirió el ángel del Señor, por no haber reconocido la gloria de Dios, y murió comido de gusanos.” (Hechos 12,21-23).



Y cité además el castigo que sufrieron Ananías y Safira por haber mentido al Espíritu Santo (Hechos 5,1-10)


Como puede observarse, en ninguno de estos casos se implica necesariamente la condenación eterna producto del juicio como sostiene Alejandro, pues allí se habla de castigos temporales. Dios, en algún momento determinado, y si su voluntad así lo determina, puede castigar tal como se vio en el Antiguo Testamento, luego en el Nuevo Testamento e incluso en las revelaciones privadas donde la Virgen nos advierte que el mundo puede ser castigado por nuestros pecados.


Sobre las revelaciones privadas


También hay que recordar que en la gran mayoría de las revelaciones privadas aprobadas por la Iglesia, la Virgen María y el propio Jesús advierten sobre la posibilidad de enviar castigos al mundo si este no se convierte. Respecto a esto Alejandro opina que en todas estas revelaciones privadas esto se hace con carácter “devocional” ¿Pero que implica esto?, ¿Qué la virgen María “miente” piadosa y devocionalmente para movernos a la conversión? Porque si la virgen María dijese algo falso a conciencia de que es así, esto es, si pensase que no existe la posibilidad de que Dios envíe castigos temporales al mundo, y aun así dice que lo hará por la razón que sea, estaría mintiendo. Sabemos que el fin no justifica los medios, por lo tanto, una de dos: o todas esas revelaciones privadas son falsas, incluidas las aprobadas por la Iglesia, o son verdaderas y de verdad Dios puede castigar al mundo por sus pecados.


Alejandro también agrega que las revelaciones privadas no forman parte de la fe de la Iglesia, y es cierto, pero también es cierto que cuando la Iglesia aprueba una revelación privada, aprueba que en ella no hay nada contrario a la fe, y si al decir que Dios castiga se dijera algo que no va de acuerdo a la doctrina católica, la Iglesia no las aprobaría. A pesar de todo Alejandro insiste en que quienes dicen que Dios castiga no conocen la enseñanza de la Iglesia, pero ¿no será más bien que es él quien desconoce en este punto su enseñanza? Y para abordar ese punto, analizaré ahora las citas que hace de las encíclicas de Juan Pablo II y Benedicto XVI.


Citas de Alejandro Bermúdez de Benedicto XVI y Juan Pablo II?


Para apoyar su punto de vista, Alejandro Bermudez cita a su favor la encíclica Dives in misericordia y la exhortación apostólica Reconciliatio et paenitentia de Juan Pablo II, y la encíclica Spe Salvi de Benedicto XVI. Respecto a esto escribe:



“… como dice el Papa Juan Pablo II, en Dives in misericordia, es decir, en Rico en misericordia, los pasajes en los cuales Dios castiga e incluso pone a prueba, no son comprensibles a la luz del Nuevo Testamento, eso es lo que dice, no son comprensibles. “



Pero esto no es cierto, y eso no es lo que dice allí el Papa Juan Pablo II como puede comprobar el lector mismo en el documento publicado en la página oficial del Vaticano:


Juan Pablo II, Encíclica Dives in misericordia


El problema de analizar ahora estos argumentos de Alejandro reside, en que a diferencia de la forma en que yo he citado de manera textual los Papas, él lo hace de manera parafraseada y les pone en su boca palabras que no están allí, por lo que se hace imposible encontrar en esos documentos lo que les atribuye. Invito al lector a revisar en dicho documento y comprobar lo siguiente:


-Allí el Papa no está afirmando que Dios castigue o no castigue, de hecho, la palabra “castigo” no aparece en todo el texto NI UNA SOLA VEZ. Si se trata de una interpretación personal de Alejandro de la encíclica, tenemos que señalar que así no se puede probar nada. Lo correcto es citar textualmente el texto y luego argumentar, acudiendo si es necesario recurrir al contexto.


Lo mismo hace respecto a los otros documentos citados. En Reconciliatio et paenitentia tampoco aparece la palabra “castigo” ni una sola vez y en Spe Salvi solamente aparece en dos ocasiones y no precisamente para negar de manera implícita o explícita que Dios pueda enviar castigos temporales. Probablemente Alejandro malinterprete esos textos porque hablan de la misericordia de Dios, precisamente porque en su errónea concepción de la misericordia, esta excluye al castigo, cuando más bien lo comprende, como afirma el Papa Juan Pablo II en la cita que mencionamos previamente.


¿Dios castigador en el AT versus Dios amoroso en el NT?


Quizá el error más grave de toda la argumentación de Alejandro, es la errónea distinción que hace entre el Dios del Antiguo Testamento, del Dios del Nuevo Testamento. Es cierto que en el Antiguo Testamento Dios no se había revelado a sí mismo por completo, todo en lo que sí se había revelado era auténtico y sin sombra de error, lo cual incluye su actuación como castigador para lograr la conversión o como instrumento punitivo. A este respecto es oportuno recordar uno de los ejemplos más luminosos en los que el anuncio de un castigo de Dios provoca la conversión de todo un pueblo en el relato del libro de Jonás. Precisamente por una mala comprensión de algunas figuras del Antiguo Testamento, algunos herejes gnósticos de la antigüedad como Marción entendieron que el Dios que describía el Antiguo Testamento era un Dios distinto al del Nuevo. Su error lo llevó a tal extremo que rechazó la totalidad del Antiguo Testamento.


En lo que al tema del castigo se refiere, ya en el Antiguo Testamento estaba clara la noción de que Dios castiga al hombre por amor y para corregirle, tal como recita el salmista: Castigando la culpa educas al hombre, y roes como polilla sus tesoros” (Salmo 39,12), texto que demuestran que la distinción que hace Alejandro, en donde pretende excluir que el castigo pueda tener carácter medicinal es falsa. Los textos patrísticos que cité de todos los primeros cristianos, en donde reiteran que Dios castiga, precisamente porque nos ama, también son muy posteriores al Antiguo Testamento, pero mantienen la misma idea.


¿Por qué a los malvados les va bien y a los buenos le va mal?


Para intentar demostrar que Dios no castiga, Alejandro menciona el hecho de que haya pecadores que no reciben castigos en vida. Dice Alejandro:



“Si Dios castigara, por qué existen personas que cometen tanto mal y tanto daño. Por qué existen tantos corruptos a los que Dios no les hace nada y mueren tranquilos en su cama. ¿Por qué? Dios castiga entonces solamente a los buenos? A los que se pueden corregir? SI esto es así, Dios no castiga, corrige.”



Bien, en primer comencemos por aclarar dos puntos:


Primero: No decimos que Dios siempre aplique un castigo temporal a los pecadores en vida. Puede ser que así sea, si es esa la voluntad de Dios, como fue el caso de Herodes o el de Ananías y Safira, o puede ser que Dios le reserve el castigo para la otra vida. Pero eso es una cosa, y otra negar la posibilidad de que Dios decida castigar.


Pero a esta pregunta tan antigua como el mundo, los santos y padres de la Iglesia la han entendido no negando que Dios castigue, sino afirmando que Dios en su sabiduría elije castigar a algunos sí y a otros no en vida, por razones diversas. A este respecto por ejemplo explica San Juan Crisóstomo:



“Porque hay hombres que sólo pagan por sus pecados en esta vida, como aquellos de quienes habla San Pablo en una primera carta a los corintios (1Co 11), que profanan los misterios cristianos, pero hay otros que son castigados en el otro mundo, como el rico condenado de que habla San Lucas (Lc 16) Y hay otros, en fin, como los judíos, que llevan una vida intolerable en este mundo desde la toma de Jerusalén, y a quienes están reservados en el otro otros castigos más severos”

San Juan Crisóstomo, homiliae in Matthaeum, hom. 41,3




Dios castiga a ciertos pecadores, destruyendo su malicia y decretando pena más leve para ellos, los separa de los otros y corrige a los que viven en el mal con la condenación de algunos. Además, aquí no castiga a otros, con el fin de que, si hicieren penitencia, evitasen los castigos presentes y la pena eterna, pero si perseveraren en su malicia, habrán de sufrir mayor tormento.”

Crisóstomo, hom. 5 De Lázaro



San Basilio también explica a este respecto:



Es propio de la divina misericordia no imponer castigos en silencio, sino publicar primero sus amenazas excitando a penitencia, así como hizo con los ninivitas y ahora con el labrador, diciendo “Córtala", estimulándolo a que la cuide y excitando al alma estéril a que produzca los debidos frutos.”

San Basilio, conc. 8, quae de Penitentia inscribitur



(A estos textos súmense todos los de los santos padres que cité en la entrega anterior).


Segundo: Tampoco decimos que todo lo malo que nos ocurre deba entenderse como un castigo divino. Recordemos que en todo pecado hay una culpa que le hace merecer al pecador dos penalidades: una pena ontológica (la consecuencia directa de su acción), y una pena jurídica (la sanción merecida por parte de la justicia divina). Quienes entienden el castigo divino como una sola consecuencia de las acciones (alguien fornica y contrae una enfermedad venérea, o bebe mucho alcohol y contrae cirrosis), cometen el error de pensar que nuestros pecados sólo nos hacen acreedoras de una pena ontológica, excluyendo la pena jurídica. Los cristianos al pecar contraemos muchas culpas, nos atraemos muchas penalidades ontológicas, y nos hacemos deudores de no pocas penas jurídicas o castigos, que nos vendrán impuestas por Dios, por el confesor, por el prójimo o por nosotros mismos. Nuestros pecados también afectan a otras personas, y mientras estemos en esta vida todos sufriremos además las consecuencias del pecado original. Es por eso, que si no es por una especial revelación, no es posible saber si determinado mal es producto del castigo (pena jurídica) o la natural consecuencia de nuestros actos (pena ontológica), los de otro, o se simples accidentes.


Pero el que no podamos saber, salvo por una especial revelación, si determinado mal es un castigo, o desde nuestro perspectiva exterior de las cosas nos parece que determinado pecador no fue castigado, no implica de ningún modo que Dios no llegue a castigar si así lo determina su voluntad, como atestigua la propia Escritura, no sólo en el Antiguo Testamento, sino también en el Nuevo.


Conclusiones de la primera parte


Volvamos ahora a lo que enseña el Concilio Dogmático de Trento:



“ Enseña además el sagrado Concilio, que es tan grande la liberalidad de la divina beneficencia, que no sólo podemos satisfacer a Dios Padre, mediante la gracia de Jesucristo, con las penitencias que voluntariamente emprendemos para satisfacer por el pecado, o con las que nos impone a su arbitrio el sacerdote con proporción al delito; sino también, lo que es grandísima prueba de su amor, con los castigos temporales que Dios nos envía, y padecemos con resignación”

(Concilio Dogmático de Trento, Cap. IX. De las obras satisfactorias)



Pero si Dios no castiga, ¿Cómo puede un Concilio Dogmático afirmar que si puede hacerlo y lo hace? Negar que Dios castigue no es pues una cuestión baladí, pues implica negar lo que la Iglesia ha definido en su magisterio extraordinario e infalible, y que ha sido parte de la enseñanza unánime de los padres de la Iglesia, los cuales ya he citado en numerosas ocasiones a lo largo de estas entregas.


En este caso, el argumento de Alejandro es que los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI en unas encíclicas niegan que Dios castigue, sin que en dichas encíclicas aparezca nada de lo que él les atribuye, mientras aquí mismo se han reproducido citas textuales y en su contexto de dichos Papas, donde explícitamente confirman lo que ya el Magisterio ordinario y extraordinario ha repetido hasta la saciedad.


Con todo el respeto que me merece Alejandro, porque es un excelente periodista: en este tema el desinformado es él.


Si desea profundizar más en este tema, recomiendo también:


El castigo de Dios, por P. Joan Antoni Mateo García


Dios castiga, por Daniel Iglesias Grèzes



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