La suspensión de la actividad judicial se adoptó inicialmente hasta el próximo 3 de abril, en virtud del Rescriptum ex audientia SS.mi del 18 de marzo de 2020, que disponía medidas extraordinarias y urgentes para contrarrestar la emergencia epidemiológica de COVID 19 y contener sus efectos negativos en el desarrollo de la actividad judicial.
El Santo Padre promulgó el rescripto de esta medida para su prorroga por medio de su publicación en L’Osservatore Romano y en el comentario oficial de los Acta Apostolicae Sedis.
En el prescripto del 18 de marzo se especificaba que la medida “o afecta a las actividades de investigación y, en general, ni al procedimiento previo a la audiencia ni a aquellos procedimientos que necesitan por lo general ser tratados por razones de urgencia”.
Publicar un comentario