El aborto legal es una “flagrante violación” del derecho del niño por nacer, precisan

, 10 Dic. 20 (ACI Prensa).- El Centro de Bioética en Argentina afirmó que el dictamen del proyecto de legalización del aborto emitido por las comisiones de Legislación General, Salud, Legislación Penal y Mujeres y Diversidad el 9 de diciembre es una “flagrante violación” a los derechos de las personas por nacer.

El texto que pasa hoy a debate en el pleno de la cámara recibió 77 votos de aprobación, 30 de rechazo y 4 abstenciones.

Para llegar a ese resultado se elaboraron dos dictámenes, precisaron los expertos del Centro de Bioética, Nicolás Lafferriere y Fernando Toller en un análisis publicado este 10 de diciembre.

En el texto de los legisladores provida de 35 páginas, que no fue aprobado, se analizó con precisión la problemática y se expusieron “los argumentos biológicos, sociológicos, médicos, de salud pública, jurídico-constitucionales, internacionales y de derecho civil y penal por los cuales la ley argentina debe seguir reconociendo y tutelando la vida del ser humano en el seno materno desde su concepción”.

En tanto, el dictamen aprobado no “modifica el fondo del asunto, que es la flagrante violación del derecho a la personalidad y del derecho a la vida de las personas por nacer, su discriminación según sean deseadas o no deseadas, y la afectación del ejercicio profesional por distintos mecanismos de presión que impulsarán el aborto como política pública”.

En su redacción final, el proyecto pretende legalizar el aborto como “pretendido derecho a mera petición de la madre sin necesidad de expresión de causales hasta la semana 14, inclusive”.

Luego de ese plazo, como primera causal si el embarazo proviene de una violación bastará con “la mera alegación de la misma” y la segunda, en caso de riesgo para la vida o la salud “integral” de la madre.

Para lo anterior, “se propone reformar los artículos referidos al aborto del Código Penal, eliminando la penalización del aborto en caso de aborto efectuado con consentimiento de la mujer en los casos indicados (art. 16, modificando el art. 86 del Código), eliminando la agravante por el supuesto de muerte de la mujer luego de un aborto clandestino realizado con consentimiento de la madre (art. 15, modificando el art. 85 del CP), y agregando un delito para sancionar a quien dilatare injustificadamente, negare u obstaculizare un aborto (art. 15, incorporando el art. 85 bis CP)”, precisaron los expertos.

El proyecto de legalización del aborto plantea la obligación de denuncia en caso de violación de personas menores de edad, reconociendo “lo que está previsto en el Derecho argentino” sobre el “deber de denunciar los delitos contra la integridad sexual cuando la víctima sea persona menor de edad”.

El Centro de Bioética aseguró que el dictamen aprobado “aumenta la confusión” respecto a  las menores de 16 años que quieran acceder a la práctica ya que antes se distinguía entre quienes tienen menos de 13 años y quienes tienen de 13 a 16 años, en cambio ahora “se trata de la misma forma a todas las madres que tengan menos de 16 años”.

“La remisión a todas las normas transcriptas no permite dilucidar con claridad cómo sería el consentimiento de una menor de edad. Habría muchas interpretaciones posibles, pues son muchas normas que no guardan coherencia entre sí”.

Así, en un contexto donde se prioriza el acceso al aborto“cabría avalarse el aborto químico de una menor de 16 sin consentimiento parental, por considerarlo “no invasivo”, o incluso de menos de esa edad, por considerar el médico suficientemente acreditado su “grado de madurez””.

“Queda a la vez presente la figura de los ‘referentes afectivos’ extra familiares, peligrosa figura en este contexto, que puede amparar al abusador que lleva a la menor a abortar”, alertaron los expertos.

“Todo ello conduce a una incertidumbre adicional para los profesionales de la salud y una violación de los derechos de los padres en lo relativo a sus responsabilidades respecto a la vida y salud de sus hijas”, afirmaron.

En relación con la objeción de conciencia de los profesionales de la salud “se mantiene una redacción muy restrictiva de este derecho”.

Aunque se eliminó la frase del anterior que decía que el objetor tenía el deber de “‘adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica’. Sobre la obligación del objetor de mantener su decisión en todos los ámbitos, se agrega que debe ser también en el de la ‘seguridad social’.

“El texto sigue manteniendo el deber de ‘derivar’ en cabeza del médico objetor y sigue limitando la objeción al médico que intervenga de manera ‘directa’ en un aborto, lo que ignora la realidad de muchos profesionales de la salud implicados en la práctica y que, como objetores, no querrán cooperar con la práctica abortiva”, aseguraron.

En cuanto a la objeción de conciencia institucional, el proyecto “de alguna manera reconoce que no hay una obligación de hacer abortos en todo establecimiento de salud”.

Sin embargo, “adopta una redacción que confunde la objeción de conciencia individual con el plano institucional, ya que la objeción de conciencia institucional “no está dado por el hecho de que todos los profesionales que integren un establecimiento de salud sean objetores, como parece desprenderse de la norma, sino en que su ideario o estatutos o normas fundamentales contemplan principios que defienden la vida desde la concepción”.

De esa manera, se pone “en juego la libertad de asociación, además de las libertades de conciencia, de pensamiento y de culto”.

Además, “al obligar a ‘garantizar la práctica’, así como a ‘derivar’ para abortar, también están forzando a la institución a cooperar con el acto que se considera injusto”, explicaron.

Por todo lo anterior, Lafferriere y Toller manifestaron su esperanza en que el “proyecto sea rechazado y en su lugar se aprueben medidas para trabajar por la madre y su hijo por nacer”.

El debate de del proyecto de legalización del aborto y el proyecto de los “1000 días” presentado en forma conjunta por el presidente Alberto Fernández el pasado 17 de noviembre, comenzó hoy, jueves 10 de diciembre, y se espera que dure unas 30 horas.

Según el sondeo realizado por Unidad Provida, que reúne a más de cien organizaciones provida en Argentina, hasta el momento 124 diputados votarían a favor del aborto, 119 en contra y 14 aún no definirían su voto.

Mientras tanto en los alrededores del Congreso de la Nación, la ciudadanía provida que arrasó con las encuestas a favor de la vida, se reúne desde la avenida Hipólito Yrigoyen hacia el sur, para seguir alzando su voz en defensa de la vida por nacer.

En tanto, los proaborto lo hacen desde el otro lado hacia la avenida Rivadavia.

Si el proyecto antivida obtiene media sanción, pasará al Senado. Allí se encontraría con una amplia mayoría que defiende las dos vidas, de la madre y del niño por nacer.

Etiquetas:

Publicar un comentario

[blogger][facebook]

Agencia Catolica

Forma de Contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Con tecnología de Blogger.
Javascript DesactivadoPor favor, active Javascript para ver todos los Widgets