La Ley Celaá es una “imposición partidista”, el Gobierno “nunca pretendió el consenso”

, 10 Dic. 20 (ACI Prensa).- La reforma de la Ley de Educación, llamada LOMLOE o Ley Celaá está llena de puntos conflictivos. Tal y como está actualmente planteada, y parece que podría aprobarse sin modificaciones en tan sólo dos semanas, y no en dos meses como correspondería a una tramitación normal de una ley.

Jesús Muñoz de Priego, portavoz de la plataforma Más Plurales aseguró a ACI Prensa que la pretensión del gobierno de aprobar la Ley Celaá este próximo 23 de diciembre “nuevamente de prisa y corriendo y por la puerta de atrás, y sin escuchar en nada las reclamaciones de buena parte de la sociedad y la ciudadanía, en realidad es de lo más coherente con todo lo que ha hecho este Gobierno hasta ahora”. 

Por eso destaca que “se reincide en poner de manifiesto que jamás han buscado diálogo, que nunca han pretendido ningún consenso y que la ley es una imposición partidista. Y si en la LOMLOE lo que pretenden es no tener en cuenta en absoluto las peticiones educativas de las familias, desoírlas, ¿cómo podemos esperar que estén dispuestos a escucharlas en la tramitación?”. 

“Este nuevo paso es la confirmación de que no nos hemos equivocado en cuanto a cuáles son las pretensiones de este Gobierno y merece la mayor de las presiones sociales y el más absoluto de los rechazos, y para eso convocamos a todos los ciudadanos a las manifestaciones en coche que se van a realizar por toda España, el día 20 de diciembre".

Algunos de los puntos más controvertidos de esta ley se centran en la eliminación del castellano como lengua principal en la que estudian los niños en la escuela, la supresión del derecho de los padres a elegir el colegio con el ideario que consideren, y la discriminacion de la asignatura de Religión que queda totalmente postergada. 

Elimina el castellano como lengua vehicular de enseñanza

En esta situación la Ley Celaá elimina el castellano como lengua vehicular, es decir, la lengua principal en la que se enseñan en las escuelas de España. En este caso, en España es el castellano, tal y como recoge el Artículo 3 de la Constitución y otras sentencias del Tribunal Constitucional.

Sin embargo, como la Ley Celaá ha salido adelante con los apoyos de partidos independentistas catalanes y vascos, el Gobierno central ha cedido a las presiones de eliminar el castellano como lengua principal y que ésta sea el catalán, valenciano, gallego o el euskera.

De esta manera, el castellano queda con una presencia del 25% en la escuela, ya que por debajo de ese porcentaje se consideraría tratada como lengua extranjera.

Margina la asignatura de Religión

Otro de los puntos de esta reforma de la ley educativa está el tratamiento de la asignatura de Religión, como materia optativa, no calificable y sin asignatura alternativa.

Jesús Muñoz de Priego explicó a ACI Prensa que “es difícil entender nuestra cultura occidental, nuestra historia, nuestro arte, lo que hacemos y lo que somos, pasando por alto la religión”.

Y por eso subrayó que “el fin principal de la educación, es el pleno desarrollo de la personalidad del individuo” y no es algo que sólo diga la Doctrina Social de la Iglesia, sino también la Constitución española en su artículo 27.2, en lo que se denomina la constitución educativa.

“Este pleno desarrollo de la personalidad no es ajeno a la trascendencia, si los padres así lo quieren”, insiste.

Sin embargo, el Gobierno actual pretende con la Ley Celaá que la asignatura de Religión no tenga otra equivalente, también llamada “asignatura espejo” y no se evalue, por lo que “se pierden las características de cualquier asignatura. Queda desvirtuada, desfigurada. A todos los efectos queda al margen del sistema educativo”, apunta Muñoz de Priego.

Actualmente más de 3 millones de alumnos eligen la asignatura de Religión voluntariamente, algo que “pone de manifiesto la fuerza de la materia y la profesionalidad de los docentes de religión, que lejos de lo que piensan los desconocedores del tema, requieren de una doble titulación [la de cualquier docente y la eclesiástica para impartir esta asignatura]”.

Suprime el derecho de los padres a elegir el tipo de educación

Muñoz de Priego explicó a ACI Prensa que “la libertad de enseñanza constitucional consiste en la posibilidad de elegir entre tipos o modelos de educación distintos y para ello, previamente deben existir” y por eso subraya que “los centros concertados, con sus diferentes idearios, son los que posibilitan esta elección. Si solo hubiera escuela pública, como parece pretender a largo plazo esta ley, no habría libertad de enseñanza, porque no se puede elegir entre lo mismo. La escuela pública única y la libertad de enseñanza son incompatibles”.

La escuela concertada es un colegio de iniciativa social sostenido con fondos públicos. 

E insiste en que “el ideario que ofrecen los centros, es el elemento nuclear de la libertad de enseñanza” y es precisamente ese ideario el que “justifica la existencia de los centros concertados, para permitir el ejercicio de la libertad de enseñanza, y también su financiación con fondos públicos, para que esa elección sea real y de todos, y no venga limitada a quienes tienen recursos económicos”.

En relación con la educación especial, ésta responde a “la necesidad para la atención de alumnos que presentan determinadas características”.

El portavoz de Más Plurales destaca que “la inclusión está muy bien y debe ser el principio. Pero hay que ser conscientes que no en todos los casos es posible”, por eso insiste en que “la educación especial específica funciona muy bien”, como aseguran los profesionales y las familias.

“No olvidemos que los padres, y no el Estado, son los primeros y los últimos responsables de la educación de los hijos”, insistió y alertó de este riesgo porque la LOMLOE “también pretende cambios en esto, y va proponiendo que es la Administración la principal garante de los derechos de la infancia, incluso frente a los padres. Es un cambio de paradigma peligrosísimo”.

También la educación diferenciada se ve atacada con la Ley Celaá, porque “ofrece como ideario una opción pedagógica” y esto ha sido respaldado en numerosas sentencias del Tribunal Constitucional.

 “El ideario, dice el Tribunal Constitucional, no solo es la posible elección de formación religiosa y moral de los hijos de acuerdo con las convicciones de los padres, sino también las posibles opciones pedagógicas u organizativas”, precisa y apuna que “aunque nuestro sistema educativo es tan intervencionista que todo este mundo de las alternativas organizativas y pedagógicas está por descubrir, lejos de avanzar en eso, la ley propone el intervencionismo absoluto, el monopolio educativo de la Administración pública”.

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