Esta condena, motivó su expulsión de la carrera judicial, decisión que Serrano recurrió ante el Tribunal Constitucional que ahora le da la razón.
El fallo anula la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó al entender que en su decisión hubo dolo, elevando la pena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por un delito de prevaricación culposa de dos a diez años. Como consecuencia de esta sentencia ahora anulada, el magistrado perdió la condición de juez que ahora recupera.
El máximo intérprete constitucional rechaza el argumento del Tribunal Supremo en el sentido de que Francisco Serrano tuviera conocimiento de que había un juzgado que se había pronunciado con anterioridad sobre la custodia del menor dictando medidas urgentes.
Esta circunstancia, a juicio del Supremo, inhabilitaba a Serrano para prolongar en dos días la estancia del niño con su padre, a pesar de que se admite que hay supuestos en los que se permite a un juez intervenir en dichas circunstancias.
En Tribunal Supremo entendía, en concreto, que no se daban las condiciones de urgencia y necesidad que ahora el Tribunal Constitucional reconoce en su fallo.
Cabe resaltar que tanto la urgencia como la necesidad fueron también reconocidas por la Audiencia Provincial de Sevilla que ratificó el criterio del juez Serrano.
Publicado originalmente en Actuall.
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— ACI Prensa (@aciprensa) 22 de octubre de 2016
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