
La universidad interpuso una orden de no innovar, para que se suspendan los puntos cuestionados hasta que se resuelva el recurso en la Corte de ApelacionesDesde 2003, la PUC mantiene un convenio con el Servicio Metropolitano Sur Oriente que, según indica la institución, tiene por objetivo “la prestación, por parte de la universidad a través de la red de atención de centros de salud familiar ‘Ancora’, de una serie de acciones de salud en favor de una población determinada”. Estos servicios corresponden a medicina preventiva, curativa y de rehabilitación, dentro de las cuales se incluyen prestaciones ginecológicas y obstétricas. En ese sentido, la casa de estudios denunció que “existen disposiciones que atentan contra los derechos constitucionales y constituyen un acto arbitrario e ilegal, impidiendo una de ellas a la universidad manifestar objeción de conciencia institucional respecto de la práctica de abortos por el sólo hecho de haber suscrito un convenio”. Asimismo, la universidad también interpuso una orden de no innovar, para que se suspendan los puntos cuestionados hasta que se resuelva el recurso en la Corte de Apelaciones. El recurso de protección de la PUC fue admitido por la Corte de Apelaciones de Santiago el 9 de febrero, a 2 días de que se aprobara el protocolo de aborto que regirá a los establecimientos médicos del país.
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