Los menores de 16 años podrán acogerse a la ley si son maduros. Si los padres no lo consienten por inmaduro, intervendrá un "defensor judicial"A raíz de esto, el cambio de sexo y de nombre propio serían inmediatos. El requisito para los menores de 16 años según Podemos sería la madurez -con lo difícil que es medir eso en muchas ocasiones-. Y lo curioso es que en caso de no ser suficientemente maduros, sería necesario el consentimiento de los padres. Y si no lo hubiera, intervendría "un defensor judicial". La pregunta que surge es que si no hay madurez y el menor no es capaz de comprender el alcance de la decisión, ¿para qué se acude a un defensor judicial?¿Para qué están los padres?¿Sólo para dar de comer a los hijos? Y una vez tomada la decisión, no hará falta ningún informe médico ni psicológico y no será necesaria una previa "modificación de la apariencia o función corporal". O sea, libertinaje absoluto. Este proyecto de ley es una continuidad de la ley LGTBI, pues también incluye aspectos que ya habían previsto sobre las operaciones de cambio de sexo sin consentimiento de los padres a partir de los 16 años o el permiso para que los menores puedan decidir si someterse a tratamientos para el bloqueo hormonal.
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