El nuevo Código definiría el matrimonio como la “unión voluntaria de dos personas”, sin diferenciar el sexo, como ocurre en el actual Código de Familia, vigente desde 1975. La normativa en vigor establece en su artículo 2 que “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común”.
El borrador aún debe someterse a debate y luego se modificará, según el gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los ciudadanos. Posteriormente, pasaría para fines de año a la Asamblea Nacional del Poder Popular (parlamento), donde se convertirá en proyecto y se fijará la fecha para votarse en un referéndum.
Según el diario oficialista Granma, el Código actual “ya no es coherente con la diversidad familiar de la sociedad cubana”.
El anteproyecto del nuevo Código de Familias ha sido producto de un grupo de trabajo coordinado por el Ministerio de Justicia, el cual elaboró las propuestas y más de 20 versiones del documento desde el 16 de julio de 2019.
En febrero del 2019, días antes del referéndum de la nueva Constitución, la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba (COCC), advirtió que esta estaba dejando abierto “el camino para que, en el futuro se reconozca como matrimonio la unión de personas del mismo sexo con todas sus prerrogativas”.
La Constitución fue proclamada el 10 de abril de 2019. A los pocos meses el gobierno estableció que debía votarse por un nuevo Código de las Familias a través de referéndum.
“Esta versión [del Código de las Familias] consideramos... que es coherente con el texto constitucional, desarrolla y actualiza las diversas instituciones jurídico-familiares en correspondencia con el carácter humanista de nuestro proceso social”, dijo el ministro de Justicia Óscar Silveira Martínez, al presentar el documento a un grupo de periodistas, según informó AP.
En su mensaje del 2019, los obispos cubanos señalaron los artículos 81 y 82 del texto de la nueva Constitución como los que podrían abrir el camino al matrimonio homosexual.
El artículo 81, por ejemplo, señala que “toda persona tiene derecho a fundar una familia” y que el “Estado reconoce y protege a las familias, cualquiera sea su forma de organización, como célula fundamental de la sociedad y crea las condiciones para garantizar que se favorezca integralmente la consecución de sus fines”.
Por su parte, el artículo 82 indica que el matrimonio se “funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges”.
Los obispos advirtieron que “según la definición de familia que aparece en los artículos citados se introduce la posibilidad real de que, en las leyes complementarias posteriores, no se respete el sentir y la voluntad expresada mayoritariamente por nuestro pueblo, la cual ha defendido la institución del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer”.
“Recordamos lo que dijimos en el mensaje de octubre pasado: ‘la enseñanza de la Iglesia siempre ha sido clara: El amor recíproco y complementario entre el hombre y la mujer fundamenta la vocación al matrimonio y a la familia, estableciendo una unidad que no puede equipararse a ninguna otra’”, añadieron.
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