Estoy muy confundida, pues me acerqué mucho a Dios, gracias a una cuñada que me invitó a un grupo de oración en donde habla directamente la Virgen María con algunas de las personas del grupo. Pero, con el paso del tiempo, esta cuñada se ha fanatizado un poco y ahora nos dice que vienen cosas terribles y nos ha dado una lista de acciones que debemos realizar para cuidarnos en el día de la catástrofe final. Me siento angustiada. Aunque no he estudiado la Biblia, a veces encuentro pasajes que sí hablan del fin del mundo. ¿Cómo saber si las personas que reciben los mensajes son de apariciones reales de la Virgen?
Ana Paula G.
Hermana en Cristo, Ana Pau:
El Magisterio de la Iglesia, a través de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha dado a conocer las normas de discernimiento que deben seguirse en los casos de apariciones y revelaciones privadas. En función de tales normas, estos acontecimientos pueden tener los siguientes grados de aprobación:
1- Declaración favorable del Obispo. Si la aparición atrae a muchas personas, se establece una comisión para una evaluación exhaustiva. El Obispo puede declarar que “no contiene nada contrario a la fe o la moral” y, por lo tanto, son dignas de devoción por parte de los fieles.
2- Permiso para celebración de la Liturgia. Se autoriza celebrar la Santa Misa en el lugar de las apariciones. La mayoría de las apariciones se queda en este grado de aprobación oficial.
3–Reconocimiento Papal. Si una aparición tiene una gran difusión internacional, puede darse una declaración de la Santa Sede favorable en relación a los eventos y al contenido de la aparición.
4– Reconocimiento Litúrgico (Fátima, Lourdes, Guadalupe…). Es el más alto grado de aprobación, con la inserción oficial de la aparición en el calendario litúrgico.
La Iglesia, a lo largo de la Historia, actúa con cautela y sabiduría. A nosotros nos corresponde ser dóciles a las directrices de nuestro Obispo local, quien hace un discernimiento integral y profundo. Además, como laicos, es nuestro deber conocer nuestra fe. A veces pasamos mucho tiempo leyendo revelaciones privadas y desconocemos lo esencial de nuestro Catecismo y de la Biblia. Tomemos el Punto 67 del Catecismo y meditemos:
A lo largo de los siglos ha habido revelaciones llamadas “privadas”, algunas de las cuales han sido reconocidas por la autoridad de la Iglesia. Éstas, sin embargo, no pertenecen al Depósito de la Fe. Su función no es la de “mejorar” o “completar” la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a vivirla más plenamente en una cierta época de la Historia. Guiado por el Magisterio de la Iglesia, el sentir de los fieles (sensus fidelium) sabe discernir y acoger lo que en estas revelaciones constituye una llamada auténtica de Cristo o de sus Santos a la Iglesia. La fe cristiana no puede aceptar “revelaciones” que pretenden superar o corregir la Revelación de la que Cristo es la plenitud.
Como vemos, el fin de la revelación privada debe ser la ayuda para vivir más plenamente las enseñanzas de Cristo. Nunca ha de ser fuente de miedo, división o confusión. Por lo tanto, recomiendo revisar y obedecer la postura de tu Obispo respecto a la revelación que sigues, y verificar que tu vida sacramental mejora, al tiempo en que crece tu caridad hacia los demás.
Si estos tres elementos son afirmativos, ¡adelante, fortalece tu fe!
Lupita Venegas Leiva/Psicóloga
Facebook: lupitavenegasoficial
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