La Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado el recurso de apelación que presentó la Asociación de Abogados Cristianos (AEAC) contra el sobreseimiento provisional y el archivo que dictó el Juzgado de Instrucción número 10 de la misma ciudad por la vejatoria procesión del coño insumiso.
Los hechos tuvieron lugar durante la celebración de la fiesta del 1 de mayo de 2014 y durante los mismos un grupo de personas imitó una procesión de Semana Santa, llevando como si fuera un palio, una gran figura de un órgano genital femenino, cubierta con un manto, como si fuera la Virgen María. Durante esta mofa, además se lanzaron gritos como “la Virgen María también abortaría”, “hay que quemar la conferencia episcopal por machista y patriarcal” o se usaron oraciones como el Credo o el Ave María, con expresiones de contenido sexual, claramente soeces, vejatorias y ofensivas, tal y como recogen los jueces en el auto.Límites en los derechos fundamentales
El mismo auto ha señalado que ante la alegación de las acusadas de que su actuación está amparada en la libertad de expresión, ese “derecho no es absoluto”, sino que tiene sus límites en “los derechos fundamentales” reconocidos en el título I de la Constitución española entre los que se encuentra la libertad ideológica, religiosa y de culto. La Sala Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla también ha estimado que los hechos podrían estar previstos en el artículo 525.1 del Código Penal por el escarnio público de los dogmas, ritos o creencias que se llevó a cabo ese día y por la intención de ofender los sentimientos de creyentes mediante esas acciones. Por este motivo, la Sala ha entendido que existe dolo y ha dejado sin efecto el auto de sobreseimiento provisional decretado por la juez instructora respecto a tres de las acusadas. La Asociación de Abogados Cristianos ha insistido, por boca de su presidenta, Polonia Castellanos, que lo único que se quiere es que “se respete la fe de los cristianos, sus dogmas, sus creencias”. “Aceptamos la crítica, y creemos que es necesaria, pero siempre en el diálogo, no en la vejación, la burla o la ofensa”, ha manifestado. También te puede interesar: http://www.actuall.com/laicismo/la-fiscalia-pide-3-000-e-de-multa-por-participar-en-la-procesion-del-chumino-rebelde-de-malaga/La entrada La Audiencia Provincial de Sevilla estima el recurso de apelación y reabre el caso de la ‘procesión’ del coño insumiso aparece primero en Actuall.
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