El arzobispado planta cara judicial al ansia expropiadora del acalde podemita de Zaragoza

El alcalde de la capital aragonesa, Pedro Santisteve y el arzobispo de Zaragoza, Vicente Jiménez

El Arzobispado de Zaragoza duda sobre la competencia del órgano del Gobierno municipal para pedir la nulidad de la inmatriculación de la Catedral de San Salvador de Zaragoza, más conocida como La Seo, y de la Iglesia de La Magdalena.

Así, ha considerado que existen "argumentos jurídicos contundentes" para demostrar la legalidad de la inscripción de estos templos, y se va a personar en el expediente administrativo.

El Gobierno de Zaragoza en Común (ZEC) ha acordado iniciar el procedimiento para reclamar la nulidad de la inmatriculación de La Seo y la Iglesia de la Magdalena, para que estos edificios sean de dominio público.

Así lo ha indicado este viernes, en una rueda de prensa, el abogado del arzobispado de Zaragoza, Ernesto Gómez Arqueta, acompañado por la registradora de la propiedad Isabel Salas; el profesor titular en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, Alejandro González-Varas, y el miembro de la Delegación de Medios de Comunicación del arzobispado de Zaragoza, José María Albalad.

"Nos surgen serias dudas sobre si el órgano de Gobierno municipal puede tener competencias para tomar ese acuerdo", ha explicado Ernesto Gómez. En este contexto, ha detallado que el Arzobispado se va a personar en el expediente administrativo para llevar "ese control" y solicitar información al Ayuntamiento sobre el proceso.

"Vamos a ser beligerantes en nuestra acción, en la defensa de los derechos de unos ciudadanos que también nos deberíamos sentir representados por el alcalde de Zaragoza", señala al tiempo que insiste en que el Arzobispado tiene "argumentos jurídicos contundentes" para demostrar la legalidad de la inscripción de La Seo y de la Iglesia de La Magdalena.

También ha pedido "tranquilidad absoluta" sobre el asunto, dado que desde el Arzobispado se cumple y se va a seguir cumpliendo la legalidad vigente.

[caption id="attachment_62994" align="alignnone" width="550"]Detalle del interior de la catedral de San Salvador (La Seo) en Zaragoza Detalle del interior de la catedral de San Salvador (La Seo) en Zaragoza[/caption]

Proceso de inscripción de los bienes

La registradora de la Propiedad, Isabel Salas, ha desgranado el proceso que ha seguido la Iglesia para inscribir los citados bienes, y ha asegurado que ha cumplido la "estricta legalidad". La Iglesia inscribió por primera vez (inmatriculó) La Seo y la Iglesia de la Magdalena en el año 1987, de esta forma, el Registro declara un derecho que ya existe, dándole publicidad a la propiedad. "Una vez que inscribe tiene las presunciones de la ley a su favor, y el que diga lo contrario tendrá que entablar una demanda bien fundamentada, con un título que habilite para impugnar". La inscripción, la Iglesia la hace con una certificación del obispo diciendo que esos bienes estaban en el inventario por posesión inmemorial, algo permitido. Esto se hace para evitar "posibles perjuicios".
Es en la reforma del Reglamento Hipotecario de 1998 cuando se suprime esa excepción y se dice que la Iglesia Católica puede inscribir sus templos destinados al culto
Ha relatado que la Iglesia podía inscribir sus bienes con la citada certificación, pero para los templos destinados al culto católico de su propiedad el Reglamento Hipotecario establecía una excepción: "Se exceptúan de la inscripción en el Registro de la Propiedad los templos destinados al culto católico de la Iglesia". Isabel Salas ha señalado que esta excepción corresponde a la propia notoriedad de hecho que ya tienen los templos, que son en principio de la Iglesia. "La excepción indica que no hace falta, por su función y por ser bienes que están fuera del comercio, que sean inscritos", informa Europa Press. No obstante, ha recordado que se trata de un reglamento, que tiene un rango inferior a la ley, y que no prohíbe la inscripción, sólo precisa que no es necesaria.
Isabel Salas, registradora de la Propiedad: "Creo que la demanda del Ayuntamiento no tiene nada que hacer"
Es en la reforma del Reglamento Hipotecario de 1998 cuando se suprime esa excepción y se dice que la Iglesia Católica puede inscribir sus templos destinados al culto. "Aquí es donde viene el conflicto, el Arzobispado inscribió La Seo y la Magdalena en el año 1987, cuando los templos católicos estaban exceptuados. El registrador entendía que la Constitución de 1978 lo cambió todo al ser el Estado aconfesional, por lo que no permitir a la Iglesia inscribir sus templos destinados al culto era perjudicarla, discriminarla", ha precisado. La Dirección General de los Registros y del Notariado, en una resolución del 12 de enero de 2001, relativa a inscripciones anteriores de esta reforma reglamentaria, consideró también que eran válidas y legales esas inmatriculaciones porque ya había decaído el motivo de la excepción por la aconfesionalidad apuntada en la Constitución. "El que quiera impugnar que impugne, pero que tenga justo título y que tenga en cuenta que las leyes protegen al titular registral", ha explicado Salas, para añadir: "Creo que la demanda no tiene nada que hacer".
"Son edificios relevantes como manifestaciones culturales, pero en ningún momento quiere decir que haya un cambio en la titularidad", según González-Varas

El valor cultural no determina la titularidad

El profesor titular en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, Alejandro González-Varas, ha destacado la contribución de la Iglesia a la conformación de la cultura del país. "Gran parte del patrimonio histórico-artístico pertenece a la Iglesia Católica y los poderes públicos no se han mostrado indiferentes a la existencia de esa realidad, siempre, sobre todo desde el siglo XIX, han velado por su mantenimiento, sin discutir la titularidad de los bienes", ha evidenciado. En este punto, ha citado numerosas leyes que reconocen la titularidad de la Iglesia sobre sus lugares de culto. "Son edificios relevantes como manifestaciones culturales, pero en ningún momento quiere decir que por un interés en su conservación y su mantenimiento haya un cambio en la titularidad". Asimismo, ha recordado que la Constitución de 1978, en sus artículos 16 y 16.3, reconoce el derecho delibertad religiosa y el deber de cooperar con la Iglesia Católica y demás confesiones religiosas.

Amenaza de "allanamiento de morada"

Por otra parte, ante el anuncio del Movimiento Hacia Un Estado Laico (MHUEL), que pretende entrar en la catedral sin abonar la entrada este sábado, Alejandro González-Varas ha matizado que la ley permite el cobro de esta entrada y que sea un Bien de Interés Cultural no permite que "cualquiera puede entrar gratis cuando le apetezca". Ha aclarado que las personas que intervengan en esta protesta podrían incurrir en "allanamiento de morada".

La entrada El arzobispado planta cara judicial al ansia expropiadora del acalde podemita de Zaragoza aparece primero en Actuall.

Etiquetas:

Publicar un comentario

[blogger][facebook]

Agencia Catolica

Forma de Contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Con tecnología de Blogger.
Javascript DesactivadoPor favor, active Javascript para ver todos los Widgets