Las cuestiones de Derecho siempre me han interesado mucho. ¿Tiene Oriol Junqueras y los otros independentistas que acatar la Constitución para que se les conceda algún tipo de beneficio penitenciario? Con toda seguridad, afirmo que no.
Desde el más estricto respeto al Derecho, considero que ningún ciudadano puede ser castigado o penado de ninguna manera por no acatar la Constitución, sea esto por razones independentistas, ideológicas, religiosas, pacifistas o de cualquier otro tipo.
La Ley castigará el quebrantamiento de las leyes concretas. Pero la Ley no puede castigar la disensión respecto a la Ley. Sea ésta una disensión parcial o total. Hace años, cuando los miembros de Herri Batasuna no quisieron jurar la Constitución al tomar posesión de sus escaños en el Congreso, ya escribí que el Derecho les asistía.
Los que a toda costa quieren que un diputado esté obligado a jurar la Constitución podrían pensar que cabe hacer una trampa legal: aprobar una ley que castigue el no acatamiento general de la Constitución. Pero tal cosa sería un chanchullo contra el orden lógico del Derecho.
Porque la Ley sólo debe castigar los actos objetivos externos, no los actos subjetivos internos. Obligar a alguien a que exprese su opinión interna para castigarle es un engendro jurídico. Si el Derecho pudiera emitir cualquier ley, el Derecho ya no sería expresión de la razón.
La Constitución es un marco, un marco de leyes fundamentales. La Constitución tiene que proteger que cualquier ciudadano pueda disentir de ese marco en el que se mueve. Y debe proteger que su disensión sea incluso respecto a su totalidad, aunque el que disienta sea un representante del Pueblo.
Publicar un comentario