Maternidad y discapacidad intelectual: un reto social

Imagen referencial de maternidad

Tecleo en el buscador de Internet: “Dudas maternidad”. Más de 14 millones de resultados en menos de medio segundo. ¡Cómo no! No deben ser menos las que le asaltan a cualquier mujer embarazada, más aún si es primeriza o se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad, incluida la discapacidad.  Dudas que pueden llegar hasta un juzgado, como ha sucedido recientemente en el Reino Unido, donde la juez Nathalie Leven de la Corte de Protección sentenció obligar contra su voluntad a una chica a abortar a su bebé de 22 semanas de vida prenatal, alegando su discapacidad como motivo para tomar tal decisión: “No es consciente de lo que implica tener un bebé”; “quiere tener un hijo de la misma forma que quiere tener una muñeca”. 

Una juez abortista

Antes de ser juez, Nahalie Leven se distinguió como una abogada muy involucrada en campañas a favor del aborto en el Reino Unido. Así, en 2005 representó a la delegación británica de la International Planned Parenthood Association, una de las mayores organizaciones abortistas del mundo. Se trataba de un caso en el que defendía eliminar a los padres de menores de 16 años el derecho a prestar su consentimiento para que sus hijas reciban información sobre aborto o anticoncepción.  Leven esgrimió entonces que “los padres ya no son las mejores personas para aconsejar a los niños sobre anticoncepción, enfermedades de transmisión sexual y abortos y que no tienen derecho a saber si sus hijos menores de 16 años buscan tratamiento”, según desvela Obianuju Ekeochoa, presidenta de Culture of Life Africa en First Things. La juez también defendió los intereses del Servicio Británico de Asesoramiento sobre el Embarazo, el mayor proveedor de abortos británico. Su propósito era que las mujeres pudieran tomarse la segunda dosis abortiva en el hogar; asimismo, inició acciones legales contra el Gobierno de Irlanda del Norte por su ley provida.  No es de extrañar, por tanto, que a los seis meses de haber alcanzado la dignidad de juez, haya actuado de esta manera. Esta decisión provocó una oleada de apoyo a la mujer que, sólo a través de la plataforma CitizenGO, ha concitado el respaldo de más de 130.000 personas en una campaña a nivel global realizada desde 10 países (Reino Unido, Croacia, Holanda, Estados Unidos, Canadá, Alemania, Italia, Polonia, Eslovaquia y España) y en 8 lenguas diferentes. La Corte Inglesa de Apelaciones ha revertido finalmente el veredicto de la juez Leven y permitirá a la embarazada continuar con apoyo de su madre hasta dar a luz a su hijo.

Papel del Estado

Desde España, la portavoz de la plataforma Derecho a Vivir, Rosana Ribera, ha celebrado la decisión final porque “un estado no debe nunca poder obligar a una madre a abortar y decidir sobre la vida de una criatura inocente e indefensa”.  Para Ribera, la actitud de la juez Leven invita en todo caso a realizar algunas preguntas: “¿Por qué si la mujer con discapacidad mental, supuestamente no apta para criar a su hijo, y la madre de esta quieren tener al bebé el Estado puede obligarlas a matarlo? ¿Por qué si el Estado cree que madre y abuela del bebé no son capaces de cuidarlo adecuadamente no lo deja nacer y se ocupa de él o lo da en adopción? ¿Y no está acaso la abuela de la criatura capacitada para cuidar de su nieto con la ayuda de su hija? ¿Y más aún habiendo sido comadrona?”  De la protagonista de esta historia poco se sabe. Pese a que se desconoce su identidad concreta, se sabe que ronda la veintena, es de origen nigeriano y, al igual que su madre, profesa la fe católica y es contraria al aborto.

Asistencia para la crianza de los hijos

La Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y tiene como propósito “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.  En su artículo 23, referido al respeto del hogar y de la familia, la Convención establece que los países adheridos “tomarán medidas efectivas y pertinentes para poner fin a la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales, y lograr que las personas con discapacidad estén en igualdad de condiciones con las demás”.  En concreto, se pone el objetivo en asegurar el reconocimiento al matrimonio, a fundar una familia y a “decidir libremente y de manera responsable el número de hijos que quieren tener y el tiempo que debe transcurrir entre un nacimiento y otro, y a tener acceso a información, educación sobre reproducción y planificación familiar apropiados para su edad, y se ofrezcan los medios necesarios que les permitan ejercer esos derechos”. Asimismo, las naciones adheridas se comprometen a prestar “asistencia apropiada a las personas con discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de los hijos”.  Esta es precisamente la reivindicación que, en conversación con Actuall, realiza Ramón Corral Beneyto, fundador y presidente de APROCOR, una entidad que lleva tres décadas dedicada al desarrollo de servicios y programas orientados a la mejora de la calidad de vida de personas con discapacidad intelectual y sus familias. Corral defiende que la persona con discapacidad intelectual “debe tomar sus propias decisiones con el apoyo que para ello sea necesario”. Y enfatiza: “No se puede sustituir su capacidad de tomar decisiones”. A su juicio, que la juez Leven haya intentado obligar a abortar a esta joven por el hecho de su discapacidad “es un disparate”.  Así, en vez de tomar el camino elegido por la juez británica, se debería “asegurar que esa persona esté apoyada en el momento en que nazca su hijo” con medidas de todo tipo: pisos tutelados, apoyo a la maternidad, talleres, etc. 

Fertilidad y esterilización forzosa

La cuestión de la maternidad va irresolublemente ligada a la de la sexualidad y, en el caso de personas con discapacidad intelectual, también a la de la esterilización.  La Convención de la ONU aboga porque “las personas con discapacidad (...) mantengan su fertilidad, en igualdad de condiciones con las demás”. Pero pese a este enunciado tan explícito, esta cuestión no es fácil de abordar.  En mayo de 2017, la Asamblea General del foro Europeo de la Discapacidad reunido en Madrid publicó un informe que reivindicaba el fin de la esterilización forzosa de las mujeres y niñas con discapacidad.  Esta práctica supone provocar la incapacidad permanente par la reproducción sexual “sin el conocimiento, el consentimiento o la autorización de la persona que se ve sometida a esta práctica” y pese a estos informes, es un asunto que en el mundo de la discapacidad se trata con extrema cautela.  Agustín Matía, gerente de Down España expone a Actuall que “no es algo que se comente abiertamente”, aunque casi siempre que se plantea es en referencia a las mujeres, aunque también se plantea respecto a los varones.  Para Matía, la esterilización forzosa de estas personas “es una vulneración de derechos clarísima”, además de suponer una “actitud vergonzante” respecto a las personas con discapacidad, aunque en algunos ámbitos se plantee como una suerte de “peaje asociado a la discapacidad intelectual, casi como un tratamiento”.  Tal vez plantear esta posibilidad es lo único que se dejó en el tintero la juez Leven. 

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