Delito y penas
Finalmente, se ha optado por la sedición que castiga a quienes " se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales". El Código Penal castiga a los autores de este delito con prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondría además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo. De este modo, la Abogacía se desmarca de la adhesión que durante toda la instrucción de la causa ha manifestado respecto de la Fiscalía, cuyo escrito se dará a conocer mañana y que prevé reclamar penas agravadas para los líderes del 'procés. En el caso del exvicepresidente Oriol Junqueras podrían superar los 20 años de cárcel por el delito de rebelión, según fuentes fiscales. En todo caso, se prevé pedir penas diferentes según el grado de responsabilidad en lo ocurrido y no se descarta que algunos de los procesados por el magistrado Pablo Llarena quede fuera del escrito del fiscal. En la causa contra el Mayor de los Mozos de Escuadra, Josep Lluis Trapero, la intendente Teresa Laplana y los exjefes políticos de la policía autonómica Pere Soler y César Puig, el escrito de la Fiscalía de la Audiencia Nacional que también se conocerá este viernes revelará si se les pide penas por los delitos por los que fueron procesados -sedición y organización criminal- o esta petición se agrava también hasta la rebelión, informa Europa Press. Por lo que se refiere a la causa del Supremo, el texto que ultiman los fiscales Fidel Cadena, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Javier Zaragoza apuesta por calificar lo ocurrido como rebelión, al entender que los hechos encajan en esta previsión del Código Penal al existir la violencia que exige el tipo, han señalado fuentes del Ministerio Público. Esta violencia la ve claramente la acusación pública tanto en la concentración ante la Consejería de Economía del 20 de septiembre de 2017 como en los hechos del 1-O, señalan fuentes del Ministerio Público. La aplicación de estas penas más altas obedece, según esta valoración de la Fiscalía, a la integración del delito de malversación de caudales públicos en el principal de rebelión, lo que obliga a aplicar las penas agravadas. No obstante, la petición de cárcel para los líderes separatistas podrán verse finalmente rebajada una vez se celebre el juicio, en el turno de conclusiones definitivas, según señalan las mismas fuentes.La entrada La Abogacía del Estado descarta la rebelión para los golpistas catalanes aparece primero en Actuall.
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