El Tribunal Electoral de Costa Rica prohíbe a los sacerdotes hablar de cara a las elecciones

La bandera del 'Orgullo gay' ondea en la casa presidencial de Costa RicaLa bandera del 'Orgullo gay' ondea en la casa presidencial de Costa Rica

El próximo 4 de febrero los costarricenses están llamados a las urnas para elegir al presidente del país. Y recientemente entró en campaña la Corte Interamericana de Derechos Humanos al publicar una opinión consultiva favorable al matrimonio homosexual e instaba al Gobierno de Costa Rica a aprobarlo. Como reacción a este intento de colar por la puerta de atrás el matrimonio gay, los representantes de la Iglesia Católica y de la Federación Alianza Evangélica publicaron un documento reafirmando "el valor absoluto de la vida humana  desde su concepción (fecundación) hasta su desenlace natural".
Católicos y evangélicos publicaron un documento mostrando su oposición al matrimonio entre parejas del mismo sexo, el aborto y la llamada ideología de género
También se exponía la oposición de ambas iglesias al matrimonio entre parejas del mismo sexo, el aborto y la llamada ideología de género y ante la celebración de las elecciones presidenciales del próximo 4 de febrero, se llamaba a todos los cristianos y a todos los ciudadanos a participar "meditando delante de Dios y de sus conciencias su voto". Este documento ha sido el causante de que el Tribunal Superior de las Elecciones haya prohibido a los sacerdotes y pastores "utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para inducir el voto de sus feligreses". La medida cautelar viene después de que se aceptara a trámite un amparo electoral presentado por un ciudadano de apellidos Vargas Sibaja.
Mandan a las iglesias que no difundan "manifiestos públicos que, directa o implícitamente, representen un llamado a votar por ciertos partidos o abstenerse de hacerlo por otros"
En ella se dice que las iglesias deben "abstenerse de difundir manifiestos públicos que, directa o implícitamente, representen un llamado (apoyado en razones o símbolos religiosos) a votar por ciertos partidos o abstenerse de hacerlo por otros", según el artículo 28 de la Constitución en el que se lee que "no se podrá hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas". Con un panorama nada claro entre los candidatos, en el que ninguno de ellos parece acercarse al 40% necesario para ganar en primera ronda y tampoco se sabe quién podría acudir a la segunda vuelta, la Junta Electoral no quiere que supuestos comentarios en las iglesias puedan influir en el voto.

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