Participación en los medios de comunicación

Alberto Velasco Vera*

Audiencias

Ser Audiencias Activas en los medios de comunicación,  significa que asumen sus derechos, además de los propios derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y muy en particular en el art. 6 de la propia constitución.
El término de AUDIENCIAS, proviene del latin audiens que significa oyente; la audiencia ante los medios de comunicación es el grupo masivo que recibe los contenidos producidos para su transmisión a través de la radio y la televisión. Hace 4 años se creó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTYR) que vino a derogar a la Ley Federal de Radio y Televisión de 1960, la LFTYR incluye 21 derechos para las audiencias, es decir para los consumidores de contenidos mediáticos propiamente de la radio y la televisión.
Estos 21 derechos pretenden dar certidumbre para que los consumidores de contenidos audiovisuales se conviertan en audiencias activas y dejen de ser simples espectadores frente a un aparato de radio o de televisión.
Lo anterior significa que las Audiencias, es decir radioescuchas y televidentes, sean críticas y exigentes con los contenidos que reciben; los tiempos de apagar el televisor o cambiarle de canal, quedaron atrás; ahora es momento de que las audiencias decidan que ver, a través del respeto a su integridad como personas.
En este espacio abordaremos el respeto a los contenidos ideológicos de las producciones audiovisuales, a evitar actos de discriminación por cualquier causa, respetar la calidad de la imagen como del sonido, tener un medio por el cual se pueda inconformar y que éstos sean accesibles para todo público,  a que se respeten los horarios de la programación, a que exista un pleno equilibrio entre publicidad y programación, entre otros.
De igual forma, trataremos como los medios de comunicación deben contribuir a la accesibilidad de contenidos para que las audiencias con discapacidad puedan disfrutar de manera incluyente de los medios electrónicos.
Los medios de comunicación deben estar habilitados para recibir por cualquier medio, ya sea electrónico, pagina web o buzón telefónico, propuestas e inconformidades de las audiencias, y de la misma manera debe haber un defensor que de respuesta y seguimiento a esa participación y, si es necesario, hacer una recomendación al canal para que dé respuesta al quejoso.
En estas participaciones, estaremos promoviendo los 21 derechos con los que las audiencias cuentan y los mecanismos de defensa; el actuar del defensor de la Audiencia, con lo que se estará fomentando y difundiendo la alfabetización mediática, es decir el saber como ver y disfrutar la televisión, siendo más exigentes y críticos con los contenidos, respetando la libertad de expresión de los medios de comunicación, pero también contribuyendo al derecho a la información, a que se nos hable con veracidad y oportunidad.

alveve@hotmail.com

*Defensor de la Audiencia del Sistema Jalisciense de Radio y Televisión; Docente de la Materia de Legislación de Medios Electrónicos en la UNEDL; Maestro en Administración de la Educación; Licenciado en Derecho; Licenciado en Ciencias y Técnicas de la Comunicación.

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