5 contradicciones del proyecto de aborto que deben tener en cuenta diputados argentinos

, 06 Dic. 20 (ACI Prensa).- Analía Pastore, directora de la Carrera de Especialización en Derecho de Familia de la Universidad Católica Argentina, expuso a los diputados cinco contradicciones del proyecto de la legalización del aborto que deben tener en cuenta antes de votar.

Pastore se presentó el 3 de diciembre en la tercera jornada de ponencias sobre el proyecto de legalización del aborto ante las comisiones de Salud, Legislación Penal, Legislación General, Mujeres y Diversidad, Acción Social y Salud Pública.

1.- Absoluta indefensión del niño por nacer

Ya que la Constitución establece la existencia de la persona humana desde la concepción, y en su “incapacidad de ejercicio” es representado por sus padres, “no es posible que una de las personas” sea, “al mismo tiempo, quien tendrá el derecho absoluto a decidir sobre la vida de su representado”.

“Se generaría un evidente conflicto de intereses entre la madre y su hijo por nacer, privilegiando a la persona gestante y dejando en situación de extrema indefensión y sin representación alguna al niño en gestación”, aseguró Pastore.

Además, el Código Civil y Comercial dispone de la designación de un tutor especial en caso de existir conflicto y la obligatoriedad de “denunciar cuando el menor carezca de referente adulto que lo proteja”, “bajo la pena de resultar responsables de los daños y perjuicios que su omisión de denunciar le ocasione al niño”.

Sin embargo, el proyecto del aborto “desactiva totalmente ese mecanismo” en pos “del derecho absoluto de la madre” a abortar”, “vulnerando de tal modo, además, el principio del interés superior del niño”, precisó la abogada.

2.- Condiciona el derecho y deber del progenitor 

Ya que se permite que “el padre reconozca a su hijo por nacer”, “no es posible que el padre pueda reconocer a su hijo por nacer pero le esté vedado resguardar la vida del niño”.

En ese caso, se producirá aquí “una nueva colisión entre el derecho-deber del padre y el derecho absoluto de la madre” a abortar.

Asimismo, el ejercicio del “deber-derecho parental” que le corresponde a ambos progenitores sobre el niño “se hallaría condicionado por el derecho absoluto de la madre a abortar”.

3.- Deberes de los progenitores 

El artículo 646 del Código Civil define que “uno de los deberes parentales es el cuidado del hijo considerando sus necesidades específicas según las características psicofísicas, aptitudes y desarrollo madurativo”.

El siguiente artículo “prohíbe el castigo corporal en cualquiera de sus formas, los malos tratos y cualquier hecho que lesione o menoscabe física o psíquicamente a los niños”.

En ese sentido, “¿Cómo se compatibilizaría este marco protectorio del niño con el derecho absoluto de la madre a interrumpir el embarazo?”, cuestionó Pastore.

4.- En casos de reproducción asistida

Pastore precisó además que el artículo 561 del Código Civil describe que “el consentimiento previo, informado y libre que determina la filiación en los casos de técnicas de reproducción humana asistida es ‘libremente revocable mientras no se haya producido la concepción en la persona o la implantación del embrión’”.

Sin embargo, el artículo 4 del proyecto de ley del aborto “atribuye exclusivamente a la persona gestante la facultad unilateral de revocar tal consentimiento” abortando en el “momento posterior”.

5.- Indefensión de las niñas víctimas de violación

De otro lado, el artículo 8 del proyecto del aborto “deja a las niñas embarazadas víctimas de abuso sexual en estado de absoluta desprotección y que habilita a que sea el propio abusador quien las acompañe a realizar el aborto”, alertó.

Además, como “‘la denuncia puede resultar muchas veces un obstáculo para el acceso al derecho (a abortar)’, describe el mensaje del Poder Ejecutivo”, se busca que no sea “exigida la denuncia judicial en los casos de violación” perpetuando así el delito cuando los casos que se dan al interior de la familia, explicó Pastore. 

Analía Pastore alentó a trabajar en leyes “que reconozcan derechos sin que ello implique vulnerar otros. La ley no obliga a la mujer que no lo desea a ser madre. Siempre se halla abierta la posibilidad de decidir que el hijo sea adoptado”. 

“Aunemos esfuerzos para generar recursos alternativos, como reconocerle validez y eficacia a la decisión anticipada de que el hijo sea adoptado condicionada a su ratificación posterior al nacimiento”.

“Estos proyectos legislativos no pueden ser nuestra mejor versión de una sociedad más justa y equitativa. Nos merecemos mucho más”, concluyó Pastore.

Las sesiones informativas acerca del proyecto de legalización del aborto se realizaron del 1 al 3 de diciembre en forma online, con la participación de 70 expositores a favor y en contra de la práctica antivida.

El viernes 4 de diciembre continuó la discusión entre diputados y se determinó que el miércoles 9 se firme dictamen para debatir el proyecto de la legalización del aborto, al día siguiente,en el pleno de la Cámara de Diputados.

Lea la intervención completa de Analía Pastore AQUÍ. 

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