La obligatoriedad de impartir clases de Religión para los establecimientos, pero con carácter de optativa para los alumnos y sus familias, es uno de los puntos que contiene el ordinario que emitió el Ministerio de Educación.
Según el documento, en el caso de los colegios particulares confesionales, éstos deberán destinar dicha clase al credo que pertenecen, pero deberán respetar la voluntad de los padres que manifiesten por escrito que no quieren la enseñanza de la religión oficial del recinto.
Para más detalles, se pone a disposición el reglamento.
Fuente: Área Educación CECh
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