Salmerón "posee una capacidad patrimonial superior a la reconocida, por lo que pudo haber afrontado el pago de las pensiones fijadas a favor de la menor de edad", señala la jueza
No pagó las cuotas "por falta de voluntad"
Según se explica en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla a la que ha tenido acceso Actuall, "la prueba acredita que en el periodo de tiempo que se extiende el impago "si no hizo ningún pago fue por falta de voluntad y no por una real imposibilidad económica". En ese sentido, la sentencia abunda en el hecho de que durante la vista ha quedado acreditado que "posee una capacidad patrimonial superior a la reconocida, por lo que pudo haber afrontado el pago de las pensiones fijadas a favor de la menor de edad".La Fiscalía se opuso al último indulto
La Fiscalía del Tribunal Supremo se opuso al último indulto concedido a María Salmerón señalando que se trataba de una decisión arbitraria e inmotivada. En concreto, el Ministerio Público consideraba que el indulto concedido era "vago y formulario". Además, concurrían dos circunstancias que ponían en cuestión la oportunidad de tomar esta decisión. En primer lugar, que el Gobierno, entonces en funciones, se había negado a conceder otros indultos alegando precisamente su situación de interinidad. Y en segundo lugar, el agravante de reincidencia, que suele ser motivo suficiente para descartar la aplicación de la prerrogativa de gracia.María Salmerón cometió "una verdadera retención o secuestro de la menor respecto del derecho del padre"
Un condenado con la custodia exclusiva
Para complrender la trascendencia de este caso, hay que tener en cuenta que María Salmerón y Antonio Ruiz se separaron en 2009 y con posterioridad, Ruiz fue condenado a un año y nueve meses de cárcel en aplicación de la Ley Integral del Medidas contra la Violencia de Género. También a respetar una orden de alejamiento respecto a su exmujer. Se estableció un régimen de visitas que Salmerón inclumplió de manera sistemática, por lo que fue condenada reiteradamente. La Audiencia Provincial de Sevilla señalaba al respecto que se había dado "una verdadera retención o secuestro de la menor respecto del derecho del padre" y que "no resulta admisible que la madre, unilatelarmente, tomara la decisión de que no se llevara a cabo el régimen de visitas". La situación dió un vuelco cuandola justicia otorgó primero la custodia compartida y, posteriormente, en exclusiva a Antonio Ruiz. Es durante este tiempo que Salmerón debía afrontar la pensión de alimentos, dado que la menor vivía con el padre.Inmaculada Ocaña: "Esperamos que esta condena no sea objeto de una burla en forma de indulto"Cabe la reflexión: Algo habrán visto los jueces en Antonio Ruiz y en María Salmerón para que se le dé la custodia exclusiva a un condenado por maltrato en detrimento de quien, según la ley ha sido su víctima, aunque en mayo de 2011 la guardia y custodisa retornara a la madre. Así las cosas, María Salmerón se ha convertido en un símbolo para quienes apoyan y también para quienes denuncian la Ley Integral de Medidas contra la Violencia de Género. Para los primeros, encarna la lucha de una mujer frente al "patriarcado" y la violencia supuestamente estructural e inherente del varón contra la mujer que presume dicha ley. Para los segundos, Salmerón es el más vivo ejemplo de que la ideología de género se ha impuesto de tal manera que se aplica por encima de la ley. La presidenta de la Asociación de Víctimas de la Violencia de Género (AVILEGEN), Inmaculada Ocaña, teme que el Gobierno vuelva a plantearse la concesión de un indulto por quinta vez: "Esperamos que esta condena no sea objeto de una burla en forma de indulto".
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